Mientras los primeros son indispensables y deben ser desarrollados y ejercidos responsablemente, los segundos deben ser cuestionados y discutidos al menos desde una visión de justicia ambiental.
A propósito de la cercana elección de autoridades seccionales del país en donde mayoritariamente se elegirán burgomaestres que regirán los destinos de 221 ciudades ecuatorianas, además, tomando en cuenta que al menos en ciertos círculos académicos se ha iniciado un debate respecto del derecho a la ciudad que nos asiste como habitantes, es pertinente discurrir respecto de si esa visión pudiese desembocar en la afirmación de unos derechos de las ciudades sobre su entorno.
En primer lugar, habrá que cuestionar aquel derecho a la ciudad desde las necesidades de los ciudadanos y desde el desarrollo de las urbes provocado por el sistema imperante, pero más importante aún, se tiene que discutir respecto del derecho de las ciudades sobre su entorno y su uso de los recursos naturales que usufructúan, generando procesos profundamente asimétricos y desequilibrados que en un plazo no muy lejano pondrá en peligro la supervivencia misma de muchas urbes en el planeta, se verán seriamente afectadas por procesos climático-ambientales.
Desde la teoría de flujos, el análisis del comportamiento urbano demuestra claramente que la asimetría entre lo que una ciudad absorbe, succiona de su entorno versus lo que evacúa hacia ese mismo entorno es enorme en términos de destrucción, de cambios irreversibles y de la diferente magnitud en su calidad. Tomando en cuenta al agua como ejemplo, se captan cantidades enormes de agua de buena calidad y se devuelve al entorno generalmente agua contaminada severamente, inútil para la mayoría de los usos. El impacto ambiental de este flujo, desde su captación hasta su descarga es enorme.
La discusión deberá necesariamente plantearse considerando tanto el derecho de unos como el de otros, en este caso desde los habitantes y desde las urbes como entes con derechos, pero también con atribuciones y sobre todo con responsabilidades.
El primer planteamiento de reivindicación de los derechos de los ciudadanos hacia una ciudad que corresponda a sus necesidades y aspiraciones fue realizado por Henry Lefebvre, sociólogo y filósofo, allá entre las agudas disquisiciones que darían paso pronto a la revolución intelectual más importante de las últimas décadas, la de mayo del 68 en París. Lefebvre al hacer su planteamiento reivindicatorio no podía aún percatarse de la huella ecológica y otros impactos que causan las ciudades. Su cuestionamiento apuntaba específicamente a la interrelación intraurbana: habitantes – desarrollo citadino, por lo que no podía todavía cuestionar el otro fenómeno, el de la interrelación: urbe-entorno-naturaleza.
Este derecho a la ciudad ha venido siendo tratado desde entonces y existe un paquete teórico importante que se ha extendido a varias ramas de las ciencias sociales y a algunas de las exactas. El derecho a la ciudad es discutido entretanto desde la política a la economía y muchas de las soluciones son abordadas por la arquitectura y el urbanismo sin dejar de lado varias ramas de la ingeniería. En esta fase muy inicial de la discusión cabe plantearse algunas preguntas: ¿de qué derecho se habla? ¿Derecho a que tipo de ciudad? ¿A ciudades sanas? ¿A megaciudades? ¿A ciudades caóticas y conflictivas? ¿Derecho a ciudades atractivas, cómodas y confortables? Y así se podría continuar con una larga hilera de preguntas destinadas a repensar ese derecho y sus consecuencias.
Según Lefebvre, es el derecho a gestionar el espacio urbano autónomamente más allá del control del Estado y del sistema capitalista. Pero hay una pregunta clave que todavía, sin abordar siquiera el otro cuestionamiento relativo al del interrelacionamiento ciudad-entorno, tiene que ser esbozada debidamente. ¿Es posible gestionar autónomamente el espacio urbano en sociedades de mínimo nivel de desarrollo y dentro de un sistema capitalista neoliberal en el que se promueve la comodificación, esto es la transformación de los bienes, los servicios, las ideas y los seres humanos en objetos de comercialización? Evidentemente, cada ciudad con diferente tipo de problemas generará diverso tipo de demandas, por lo tanto, distintos derechos a demandar según la ciudad y su circunstancia, pero siempre apuntando a más humanidad. Insistiendo en lo anterior, ¿cuáles son las reales posibilidades de llegar a una efectiva satisfacción de esas demandas dentro del actual sistema económico-político?
Observando la precariedad de la planificación urbana en la gran mayoría de las ciudades del país y en general de las ciudades de los países de menor desarrollo, las posibilidades de llegar a equilibrios de sustentabilidad intraurbana son mínimas y distantes. Esta circunstancia conducirá necesariamente a incrementos de marginalidad, autoaislamiento de las élites económicas, violencia, inseguridad, descontento permanente de las clases medias entre varios otros fenómenos de discordia e inestabilidad urbanas. Los procesos de transformación intraurbana, propios de su metabolismo, de todos los elementos succionados del entorno incluyendo seres humanos, se mantendrán operativos en medio de un ambiente hostil poco favorable a la estabilidad emocional de los involucrados. La mayoría de las ciudades de los países de menor desarrollo están sumidas en el caos y lejos de ofrecer abrigo, seguridad y bienestar a sus moradores han evolucionado a sitios de escasa convivencia, de mayor desorden, convirtiéndose en causa de estrés y malestar a sus vecinos donde la vida en comunidad resulta muy difícil. Hay razón suficiente entonces para entender a Lefebvre en su planteamiento central.
La discusión no debe mantenerse unilateral, se vuelve necesario discurrir más complejamente para tratar de llegar a un mejor entendimiento de la condición y coyuntura de las urbes. Es aquí donde el cuestionamiento vivencial a los derechos de las ciudades tiene que entrar en vigor. ¿Tienen las ciudades derecho a absorber todo lo que está a su alrededor? La visión deberá enfocarse más allá de los límites urbanos, el cuestionamiento tendrá que revisar el uso por aprovechamiento de recursos y el uso de los mismos para la evacuación de emisiones, residuos y desechos y ocupación del suelo. Empezando por esto último, la ausencia de una clara delimitación entre lo urbano y lo rural conduce a la conurbación, esto es a la extensión permanente de los límites urbanos con una confusión en la reivindicación de los derechos. Existen varios ejemplos de conurbación en el país en donde las ciudades por falta de planificación y control han crecido a lo largo de los ejes viales hasta conformar corredores urbanizados que destruyen el sentido mismo de una ciudad y que vuelven imposible el ordenamiento territorial acrecentando el impacto urbano y la dimensión de su huella ecológica.
El uso y sobre todo el abuso de los recursos del entorno rural citadino no podrá ser frenado sin abordar consecuentemente la raíz principal del problema: el de la asimetría en las condiciones de vida entre ambos lugares y que provoca los procesos migratorios campo – ciudad generando grandes dificultades a la planificación urbana y a la deshabitación de lo rural. Por lo tanto, es imprescindible cuestionar los derechos de las ciudades, generalmente justificados en términos de una legitimidad mal entendida y del posicionamiento de un obtuso concepto de urbano-centrismo que deja de lado los derechos y necesidades del campo y de la naturaleza.
A fin de clarificar más aun lo planteado, a modo de ejemplo debe conocerse que Quito depende en un 90% de la situación hidrológica y ambiental de la cordillera oriental, esto es, de un ciclo hidrológico muy particular y que con el avance del calentamiento global y la alteración de los ciclos hidrológicos amazónico y oceánico la vulnerabilidad de la ciudad incrementará. En Quito el abastecimiento del agua traspasa de largo sus límites extrayendo lo suyo de provincias y cuencas hídricas vecinas. Por otro lado, la ciudad capta agua de buena calidad pero sus descargas de aguas residuales contaminan más allá de sus límites y estas constituyen una importante huella ecológica.
Por lo tanto, el derecho a la ciudad debe necesariamente ser planteado desde la complejidad observando los derechos de la naturaleza; los derechos de los ecosistemas; los derechos de la ruralidad. ¡¡Si criticamos la visión antropocentrista, consecuentemente debemos rechazar también una visión urbano-centrista!!
Como ciudadanía es nuestro deber inquirir firmemente a los políticos que pretendan presentarse a las dignidades de elección popular para conocer sus propósitos al respecto.