En la madrugada del miércoles la Cámara de Senadores del Estado Plurinacional de Bolivia aprobó el artículo 157 del nuevo Código Penal que permite ampliar los causales para el aborto legal. La norma ya contaba con la aprobación de la Cámara de Diputados.
El artículo 157 señala que el aborto no será delito durante las primeras ocho semanas de embarazo cuando la mujer: sea estudiante o tenga a su cargo personas adultas, mayores, con discapacidad u otros menores consanguíneos o no.
El oficialismo aprobó la norma con 23 votos a favor y fueron 9 los senadores de oposición los que se negaron a dar el visto bueno y criticaron no haber podido imponer su postura de no ampliar los causales para la interrupción voluntaria del embarazo.
Los senadores del MAS, el partido de gobierno, negó que la aprobación se haya realizado sin debate, “hasta ahora no hemos encontrado propuestas sustanciales como para pensar en una enmienda o modificación, una propuesta como para discutir dentro de una teoría o hipótesis distinta, simplemente son consideraciones generales que dentro de la teoría del derecho penal están en todas las legislaciones”, señaló el senador René Joaquino.
De esta manera, las mujeres podrán interrumpir de manera libre y consentida su embarazo si se da en las siguientes circunstancias: Se realice durante las primeras ocho semanas de gravidez (embarazo), se realice para prevenir un riesgo presente o futuro para la vida de la mujer embarazada; o se realice para prevenir un riesgo presente o futuro para la salud integral de la mujer embarazada. También incluye los casos en los que se detecten malformaciones fetales incompatibles con la vida; el embarazo sea consecuencia de violación o incesto; o en el caso de que la embarazada sea niña o adolescente.