El presidente, Mauricio Macri, modificó la Ley de Migraciones mediante un decreto de necesidad y urgencia, con el objetivo de acortar los tiempos para definir la expulsión de un extranjero con antecedentes penales
Según el texto publicado en el Boletín Oficial de hoy, la medida llega a raíz de diversos hechos de criminalidad organizada por los que “el Estado Nacional, ha enfrentado severas dificultades para concretar órdenes de expulsión dictadas contra personas de nacionalidad extranjera, como consecuencia de un complejo procedimiento recursivo que, en algunos casos, puede llegar a 7 años de tramitación”.
A su vez, en el decreto se indica que “la población de personas de nacionalidad extranjera bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal, se ha incrementado en los últimos años hasta alcanzar en el 2016 el 21,35% de la población carcelaria total” y, particularmente por delitos de narcotráfico, hay “un 33% de las personas” en las prisiones argentinas.
Así las cosas, con esta modificación, el decreto del gobierno divide en dos el inciso C del artículo 29 de la ley en cuestión al separar, por un lado los delitos comunes y por el otro los delitos de tráfico de drogas, personas, armas, órganos y tejidos (incorporación nueva) lavado, inversiones ilícitas.
Tal cual explicita la medida firmada por el Presidente, todo aquel que haya “sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres años o más”, no podrá ingresar al país.
Con este cambio, desde el Ejecutivo argumentan que se “da más claridad interpretativa y permite regular mejor el resto de los institutos vinculados”.
Antecedente Penal. De acuerdo con el texto, como antecedente penal se entiende “un auto de procesamiento firme, el cierre de la investigación preparatoria o acto procesal equiparable”.