Entre los ministros demandados se encuentran Beyer y Longueira quienes, de acogerse la demanda, serán notificados dentro de los plazos que determine tribunales. Cerca de 2000 millones de dólares serán los que desembolsará el fisco en un plazo de 10 años por el concepto de recompra de los créditos CAE y CORFO.
Pese a que el Mineduc y la CORFO intentaran apaciguar el conflicto de los estudiantes “deudores” publicitando aún más la rebaja del interés al 2% en los Créditos con Aval del Estado (CAE), un grupo de miembros de la Agrupación de Estafados por el Crédito Corfo en conjunto con algunos deudores del CAE iniciaron una inédita acción judicial : demandaron civilmente al Estado por haberse coludido con los bancos, quienes habrían lucrado ilegalmente con estos créditos en desmedro del derecho a la educación de 106 mil familias chilenas.
Este martes 15 de enero fue presentada en la Corte de Apelaciones de Valparaíso una demanda civil contra el Estado y los bancos por su posible colusión para el otorgamiento de estos créditos. La acción judicial busca, como primera medida, liquidar los créditos por considerar que se encuentran sobradamente pagados y declarar prescritos todas las acciones civiles respecto de los títulos que los bancos e instituciones de educación demandadas forzaron a suscribir a los estudiantes y sus familias.
Según el abogado patrocinante, César Barra, la nulidad de estos contratos se fundamenta en que “el Estado orientó y determinó que estas familias tenían que suscribir contratos con los bancos que a nuestros ojos no tienen causa ni objeto donde se ha carecido de elementos fundamentales como la voluntad”. En este sentido, aclara que “se establecieron contratos donde el banco no arriesga nada, donde la banca privada se ha enriquecido y donde el Estado, a nuestro juicio, no prestó el servicio adecuado a propósito de una necesidad social como la educación”.
De esta forma, los contratos al carecer de una causa devienen en ilícito o son inexistentes, por ello se demanda su nulidad. Por otro lado se denuncia que el Estado no puede, dentro de sus competencias, lucrar; sería ilícito entonces que el Banco otorgue un crédito al estudiante con intereses siendo que estos fondos son fiscales.
En este sentido se empieza a tejer una presunta colusión de parte de organismos del Estado con instituciones financieras. En palabras del abogado “creemos que el sistema que se configuró fue en directo desmedro del patrimonio de las familias, a propósito del planteamiento del Estado que sostenía que para estudiar en la educación superior había que endeudarse con los bancos”- señala Barra.
De este modo, en el escrito presentado hoy en representación de estas 70 familias se solicita a los tribunales que se establezca la responsabilidad civil extracontractual del Estado por falta de servicio en razón que el Ministerio de Justicia no fiscalizó a las corporaciones y fundaciones sin fines de lucro como lo prescribe la ley; en el caso de la Superintendencia de Bancos e Instituciones financieras, por no fiscalizar a los Bancos (especial mención merece el caso de los créditos NO CORFO); así mismo al Ministerio de Economía Fomento y Turismo, por no fiscalizar a CORFO; al Ministerio de Educación, por no cumplir su deber de garantizar el derecho a la educación; y por último, de modo subsidiario a todos quienes participaron en estas decisiones, para que respondan con sus patrimonios personales.
En consecuencia, se interpone esta demanda por la suma total de 200 millones de pesos por cada uno de los afectados, y en contra de los funcionarios que concurrieron en estos actos para que respondan con sus patrimonios. Se mencionan en el escrito a: Sergio Molina Silva, José Pablo Arellano, Mariana Aylwin Oyarzún, Sergio Bitar Chacra, Marigen Hornkohl Venegas, Martín Zilic Hrepic, Yasna Provoste Campillay, Mónica Jiménez de la Jara, Joaquín Lavín Infante, Felipe Bulnes, Harald Beyer, Álvaro García Hurtado, Jorge Leiva Lavalle, José de Gregorio, Jorge Rodríguez Grossi, Ingrid Antonijevic Hahn, Alejandro Ferreiro Yazigi, Hugo Lavados Montes, Juan Andrés Fontaine Talavera, Pablo Longueira Montes, Felipe Sandoval Precht, Gonzalo Rivas Gómez, Oscar Landerretche Gacitúa, Carlos Álvarez Voullieme y Hernán Cheyre Valenzuela.
POSIBLE COLUSIÓN
Cerca de 2000 millones de dólares serán los que desembolsará el fisco en un plazo de 10 años por el concepto de recompra de los créditos CAE y CORFO, por lo que resulta incuestionable el gran negocio que ha establecido la banca con este sistema de financiamiento. Cabe preguntarse entonces ¿existirá algún tipo de colusión entre entidades del Estado e instituciones financieras?
Si bien esta demanda no aborda de manera exhaustiva una explicación por una eventual colusión de parte de personeros de gobiernos con instituciones bancarias, sí se advierte de aquello al señalar “que estos actos de nulidad absoluta probablemente escondan una serie de delitos penales que deben ser investigados, cometidos por funcionarios públicos y privados que se favorecieron de transacciones altamente rentables para ellos como lesivas para el erario nacional”, sentencia el escrito en uno de sus párrafos.
Para el Vocero Nacional de la Agrupación de Estudiantes Estafados por el Crédito Corfo, Cristian Villagrán, resulta por lo menos curioso que “el ideólogo de estos créditos, me refiero al ex ministro de Educación de Eduardo Frei, el señor Sergio Molina Silva, luego de ejercer como ministro pasara a ser el vicepresidente del Banco del Desarrollo, actual Scotiabank”.
DERECHO A LA EDUCACIÓN
Chile adoptó el 16 de septiembre de 1969 ante la Asamblea General de Naciones Unidas el llamado “Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales” el que fue suscrito y luego promulgado el año 1989 por la dictadura militar, transformándose en Ley de la República al publicarse en el diario oficial en mayo de ese mismo año. ¿Qué es lo que dice este pacto suscrito, ratificado, promulgado y publicado por el Estado chileno?
Respecto a la educación menciona que los Estados firmantes deben garantizarla en todos sus niveles. Afirmación que puede ser cuestionada en nuestro país donde el Estado actúa como un regulador del mercado educativo, en el que solo garantiza la libertad de enseñanza o emprendimiento a los empresarios de la educación.
En efecto, este apartado ordena a los Estados firmantes en su artículo 13 letra c) a lo siguiente: “La enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados, y en particular, por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita”, siendo este mandato una norma de rango constitucional, por lo que en Chile se debería asegurar el principio de gratuidad progresiva en la educación superior, predominando sobre el sistema de financiamiento mercantil que permitió la creación de este tipo de créditos, cuya implantación y profundización ha sido impuesta durante las últimas dos décadas por los Gobiernos democráticos.
Ahora quedará en manos de la justicia chilena establecer las responsabilidades y de darse un fallo a favor de los demandantes se establecería un hito histórico en la lucha del pueblo chileno por el derecho a la educación.
Nicolás Véliz