José Luis Zimmermann es portavoz de Sharing España, la primera asociación del país que reúne a empresas de economía colaborativa.
Zimmermann niega que estas plataformas estén ejerciendo competencia desleal: «Hay que pensar si la regulación actual piensa en el interés general o en el de un sector».
Defiende que Uber, prohibido en España por un juez, encaja con el consumo colaborativo aunque admite que se trata de un «modelo controvertido».
Por Ana María Requena
Si de algo se ha hablado en los últimos meses es de consumo colaborativo: compartir coche para ir a pasar el fin de semana o alquilar un apartamento por días a un anfitrión que aprovecha para arrendarlo mientras pasa una temporada fuera son ya prácticas extendidas. En medio de esa nueva forma de entender el consumo están plataformas como BlablaCar, Airbnb, Amovens, HomeAway, Respiro o Cabify, que se enfrentan a las dudas que genera su modelo de negocio.
Hace unos meses se unieron en Sharing España, la primera asociación del sector que aspira a representar los intereses del colectivo. José Luis Zimmermann es su portavoz y defiende al sector de las acusaciones de competencia desleal. Zimmermann subraya que la regulación debe velar por el interés general y adaptarse a los nuevos modelos.
¿Cómo definiría la economía colaborativa?
No hay una definición clara. El término tiene más que ver con el consumo, con cómo hay un cambio en el consumidor que le hace adquirir productos y servicios de manera diferente a como lo hacía antes. Básicamente, en lugar de poseer esos productos o servicios, se accede a ellos. Se tienen que dar varias condiciones: que exista un mercado y una plataforma, que haya oferentes y demandantes que sean pares, es decir, consumidores, y que el producto o servicios que se intercambien sean un activo ocioso, bien sea el coche, la casa o el tiempo. Pero es un concepto que se queda corto porque ya hay proyectos trascienden el consumo y que tienen que ver con la fabricación, o con cómo se desarrollan ciertos productos. Hablamos en general de un modelo económico donde prima más el acceso que la propiedad.
¿Cómo cuadra esa condición de que los oferentes y demandantes sean pares con que haya empresas y plataformas que estén haciendo y ganando dinero con este intercambio?, ¿no es contradictorio?
No, en ningún caso. Hay una confusión al asociar el consumo colaborativo al sin ánimo de lucro. La plataforma que provee ese servicio puede cobrar o no. Por ejemplo, Wallapop no aplica una comisión a los intercambios, eso no quiere decir que sea una empresa sin ánimo de lucro. El término colaborativo lleva a pensar que tiene que haber esa colaboración, incluso a través de plataformas, sin ánimo de lucro.
¿Por qué en Sharing España hay plataformas como Airbnb o BlablaCar, pero no está Uber? Hay que recordar que un juez ordenó el cierre de Uber en España por considerarlo competencia desleal.
Nosotros contactamos con todas las empresas. Es verdad que Uber está atravesando una circunstancia excepcional en España con una prohibición cautelar, pero eso no quiere decir que no se vaya a incorporar en la asociación en el futuro. Para nosotros el modelo de Uber encaja perfectamente como consumo colaborativo, otra cosa es que algunos modelos se enfrenten a una regulación y a una forma de proveeer servicios que ya existe y que tenga dificultades para operar en esos sectores. Es un modelo controvertido pero en ningún caso eso tiene que ver con que no esté en nuestra asociación.
Ahora la patronal de autobuses también ha denunciado a BlablaCar por motivos similares a lo que sucedió con Uber. ¿Para ustedes estas plataformas implican competencia desleal o no?
No. Como punto de partida, estamos hablando de modelos disruptivos que se van a encontrar con fricciones, sobre todo en sectores que están muy regulados, como es el transporte. Por otra parte, desde nuestro punto de vista no es lo mismo: Confebús tendrá que demostrar que los particulares que proveen el servicio lo hacen como una actividad económica y no para compartir coche. A mí me cuesta pensar que alguien pueda vivir de hacer viajes en BlablaCar. Puede darse el caso, pero porque haya unas pocas personas que lo hagan, ¿hay que defenderse de BlablaCar? Además, la plataforma está cubierta por la Ley, que permite la actividad de compartir coche a cambio de una dieta o aportación para compartir gastos, aunque lo tendrá que decir un juez. Veo más complicado que un juez admita los argumentos de Confebús que en el caso de Uber.
Sobre Uber ha habido más polémica porque a veces han aparecido anuncios en los que la plataforma aparentemente ofrecía puestos de trabajo como conductor.
Insisto en que eso habrá que demostrarlo. En el caso de la suspensión cautelar de Uber tenemos muchas dudas. Nosotros decimos que la regulación debe velar por el interés general. Estas empresas u otras vienen a ofrecer un servicio de manera muchas veces más económica, eficiente y sostenible. Entonces, lo que hay que pensar es, ¿esta regulación tiene sentido?, ¿está pensando en el interés general o en el interés de un sector? Por otro lado, hay que eliminar las barreras de entrada: desde un punto de de vista de la competencia hay que procurar que haya alternativas en el mercado que le den diferentes opciones al consumidor.
Otro asunto discutido es el de la seguridad jurídica. ¿Cómo afrontar el miedo de los usuarios a la inseguridad? Mucha gente aún duda sobre si esas plataformas van a responder si tienen algún problema. ¿Es un riesgo que hay que asumir como parte de esta forma de intercambio?
Todas estas plataformas no tendrían éxito sin un escenario de confianza y transparencia. Yo no voy a dejar mi casa a otros sin conocer de antemano cierta información sobre ellos y esa información me la van a dar otros pares, otra gente que ha alquilado esa casa. Tengo una información de antemano que es vital para ese intercambio y eso es vital en todos los modelos de economía colaborativa. Si vas a coger un servicio de transporte, tengo información sobre esa persona, sé las veces que ha hecho el servicio, sé la gente que lo ha valorado, sé si es puntual o si conduce bien o si es especialmente limpio.
Tengo mucha más información de la que tenía antes. Estamos hablando de mercados con mucha más transparencia. Al margen de esto, las empresas o, al menos la gran mayoría, tienen cubiertos con seguros de responsabilidad esos supuestos. En cualquier caso, como en cualquier transacción que no ves físicamente debes tener ciertas cautelas: que esa empresa exista, que haya un contacto, que no sea un proveedor del que no conozcas nada. Pero eso pasa tanto en el mundo real como en el online.
Se habla también de si determinados servicios pueden ser un coladero para la economía sumergida. Por ejemplo, personas que alquilen su casa sin que declaren esa actividad. ¿Pueden favorecer algunas plataformas este tipo de prácticas?, ¿hay suficientes controles?
El primero que tiene que declarar es el particular que hace esa actividad. Pero precisamente este es uno de los argumentos que tenemos: las empresas de economía colaborativa tienen la capacidad para que muchas actividades que normalmente estaban en la ecoomía sumergida y eran opacas al fisco salgan a la luz. Al final, alquileres vacacionales ha habido toda la vida, muchas veces se hacían a través de los periódicos y nadie diría que esos periódicos fomentaban la economía sumergida. La diferencia es que estas plataformas pueden aportar una trazabilidad fiscal, pueden dar información a Hacienda, tienen la información de sus usuarios y están en disposición de que esto sea transparente.
También como asociación hemos planteado que esta figura del ciudadano productor o del microemprendedor exige un cambio radical de lo que es un autónomo en España. Tienen que existir figuras que permitan a la gente obtener unos ingresos extra, que no sean de forma permanente o su principal actividad, sin tener que pagar 350 euros al mes o pagar a un asesor.
Como asociación, ¿han tenido contactos con partidos políticos o con comunidades autónomas, que son sobre las que recaen, por ejemplo, las competencias sobre alquiler vacacional para tratar estos temas?
Sí, con todos. Aquí radica uno de los principales problemas, la dispersión regulatoria. Hay empresas españolas que se dedican a hacer lo mismo que, por ejemplo, Airbnb y tienen que atenerse a 17 regulaciones distintas. En Madrid los particulares no pueden alquilar su casa por menos de cinco días, algo diferente a lo que ocurre en Baleares, donde estos alquileres están prohibidos. Estamos hablado de empresas digitales que nacen con vocación global, lo interesante sería no pelear contra Uber o Airnbn sino que en España hubiera Ubers o Airbnb y seguir modelos que son disruptivos pero que tienen capacidad de competir internacionalmente y de crear empleo. Esto va en contra del mercado único y hay una ley de mercado único en España.
¿Hay algún referente europeo que les parezca posible replicar en España y con el que estén de acuerdo?
En general, el referente es Reino Unido. Londres es una ciudad más abierta, entiende que este modelo de alojamiento ofrece otra alternativa. Se regula por el interés general, no para proteger a un sector. En Londres no funcionaría el transporte si solo hubiera servicios de los taxis negros. Por eso hay servicios alternativos, no queridos por el sector de los taxis, pero sí tolerados. Tienen una visión más pragmática y realista, saben que es un fenómeno que cuestiona la manera en la que se ofrecen estos servicios y vamos a ver por qué estamos regulando. Siempre y cuando estas plataformas me ofrezcan información sobre los usuarios que den servicios similares a los alojamientos tradicionales y estén aprovechando para saltarse esa regulación. En muchos casos, Airbnb está dando información sobre aquellos usuarios que tienen tres o cuatro propiedades o que lo hacen de manera habitual.