La sentencia dictada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, ha desestimado el último de los recursos interpuestos por el Zoológico de Madrid contra la Asociación Proyecto Gran Simio (PGS) por intromisión ilegítima en su derecho al honor.
Desde 2019 en que se presentó la demanda, esta Asociación se ha mantenido en silencio a pesar de que la demanda infundada fue rechazada por el Juzgado de Primera Instancia N.º 74 de Madrid y posteriormente igualmente desestimado el recurso de apelación interpuesto ante la Audiencia Provincial de Madrid. En este sentido PGS ha esperado a que el Tribunal Supremo se pronuncie para dar a conocer públicamente los hechos que se relatan en esta nota de prensa y en la sentencia que se adjunta.
Todo ha ocurrido tras la divulgación de la denuncia presentada al Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil por el PGS, al conocer de las posibles heridas que presentaban varios delfines que eran utilizados en el Zoológico de Madrid para espectáculo circense y que fueron ratificadas. en un informe veterinario presentado a las Autoridades. Tras las inspecciones realizadas por veterinarios de la Comunidad de Madrid y SEPRONA y no observar, según ellos, ninguna irregularidad, el Zoológico de Madrid procedió a la demanda contra el PGS. En la sentencia se relatan todos los hechos cronológicos acaecidos en este largo proceso que ha culminado con la sentencia del Tribunal Supremo a favor del PGS y por consiguiente en contra del Zoo de Madrid.
El Ministerio Fiscal se remitió al resultado de la prueba y en conclusiones alegó que procedía desestimar la demanda. En la sentencia se afirma que “el tribunal sentenciador considera que la intromisión no fue ilegítima por encontrarse comprendida en el ámbito constitucionalmente protegido de las libertades de información y expresión de PGS es conforme con la jurisprudencia de esta sala” En otro apartado considera que: “ Los hechos probados también demuestran que PGS no denunció inmediatamente a la entidad demandante después de conocer el resultado de la investigación de Sea Shepherd y el resultado del informe del veterinario, sino que lo hizo tras conocer las explicaciones de la propia demandante…/…No existen. razones para atribuir a la denuncia del PGS el carácter fraudulento e instrumental que le atribuye la recurrente, pues es razonable que una asociación que promueve el bienestar animal, que tiene conocimiento de que delfines con problemas en su piel seguían siendo utilizados en las exhibiciones del Zoo y que conoce las vagas explicaciones dadas al respecto por la hoy recurrente, quisiera que se investigara ese concreto comportamiento por si pudiera ser constitutivo de delito o, si acaso, de violaciones administrativas, voluntad que finalmente se expresara mediante una denuncia ante el SEPRONA en la que no se usaron expresiones injuriosas ni vejatorias y que calcularon que se llevara a cabo una inspección de delfinario”.
Continúa la sentencia que la denuncia no constituyó una intromisión ilegítima en su honor. También aclara que la información publicada en la nota de prensa del PGS fue veraz en la medida que se apoyó de fuentes perfectamente identificadas, objetivas, confiables, susceptibles de contraste. Igualmente señala que las opiniones de PGS han de considerarse amparadas por su derecho fundamental a la libertad de expresión porque son opiniones vertidas en la web de la asociación, directamente vinculadas con una información sobre la interposición de en una denuncia contra el Zoo por presunto maltrato animal. que como bien señala el argumento de la sentencia, tenía interés en un contexto de debate social sobre cómo ha de ser la relación del hombre con los animales y también por la finalidad de la Asociación y su propio ideario en el que abiertamente están contrarios a la sentencia de animales en cautividad ya su utilización en espectáculos de entretenimiento para los humanos.
Por todo lo expuesto, PGS seguirá con su lucha por el respeto de los derechos básicos de los grandes simios, en contra de su cautividad y del resto de los seres sintientes que son utilizados para divertimento y negocio por los seres humanos, en un siglo XXI. donde existen otras formas de hacer cultura sin necesidad de esclavizar a seres donde se les amputa su cultura quedando expuestos como simples cromos sin vida. Seguiremos estando en contra de los espectáculos circenses para entretenimiento y negocios como los delfinarios, orcarios y circos. Contra la cautividad de mamíferos marinos en los acuarios y otras especies. Seguiremos luchando por una sociedad que respeta al resto de las especies animales y por supuesto, no nos callaran bajo ningún concepto. Con respeto, nuestras voces seguirán escuchándose y buscando un mundo más amable entre todos, rompiendo las barreras de las especies.
De igual forma PGS agradece a los abogados que les han acompañado estos años, respondiendo a la demanda y sucesivas apelaciones a los tribunales superiores. Su eficacia, atención, experiencia y argumentos sólidos, ha hecho posible que las sentencias de los tribunales hayan sido favorables.
Esta sentencia que ha sido objeto de un comunicado de prensa por parte del Poder Judicial , es importante para que grupos ecologistas y animalistas pierdan el temor que les imponen las grandes corporaciones con sus amenazas de demanda que en ocasiones hace que sus denuncias aún siendo justas y reales, no se realizan. Este es un término denominado SLAPP (Strategic Lawsuits Against Public Participation), que identifica una forma especialmente perniciosa de acoso e intimidación dirigida contra las personas implicadas en la protección del interés público. Se denominan “demandas estratégicas contra la participación pública”. Son acciones judiciales sin fundamento o exageradas, interpuestas por personas poderosas, grupos de presión, empresas y órganos estatales con la intención de intimidar, silenciar y disuadir las voces críticas que denuncian abiertamente cuestiones de interés público, agotando sus recursos.