LAS ELECCIONES DE ABRIL

Los días sábado 10 y domingo 11 de abril, se llevaría a cabo el acto eleccionario—si es que no se suspende por razones derivadas de la pandemia— cuya realización fue ordenada por una votación sin precedentes el 25 de octubre del año recién pasado. No se trata de un acto cualquiera: se medirán, allí, dos valores fundamentales. Por una parte, la confianza que la ciudadanía tiene en las actuales organizaciones políticas y su dirigencia; en suma, el apoyo ciudadano que tiene la ‘escena política’ de la nación. Algo de lo que están conscientes ciertas figuras de la misma, como la senadora Ximena Rincón para quien:

“[…] hay un malestar en términos generales con la política, pero desde el punto de vista de la conexión que existe entre la ciudadanía y sus representantes hay de todo y creo que vamos a tener un buen indicador de eso en la elección de los constituyentes, porque hay varios políticos que van de candidatos y vamos a tener ahí la posibilidad de sopesar cuál es el respaldo que existe o no hacia ellos”(i).

Por otra, la fuerza política de la ciudadanía expresada en las protestas sociales y en los magnos actos realizados el 25 de octubre de 2019 y el 25 de octubre de 2020. Así es, sin lugar a dudas. Hé ahí la importancia de ese acto eleccionario; se trata, pues, de demostrar que la ciudadanía quiere deshacerse de quienes han usufructuado del mando de la nación durante todo el período de la democracia post dictatorial.

En uno de nuestros últimos trabajos, y a propósito del rol de los independientes en la Convención Constitucional de 11 de abril, afirmábamos que si lográbamos provocar una votación masiva de la ciudadanía orientada a favorecer la presencia de aquellos en la misma, estaríamos acercándonos a las aspiraciones planteadas por el estallido social de 18 de octubre de 2019 (ii).

Sin embargo, el camino señalado no es fácil. Ya lo advertíamos en nuestros trabajos anteriores. La cercanía del momento en que ha de realizarse la elección de los constituyentes reafirma esos temores. Los problemas que se aproximan no son menores, los escollos siguen saliendo al paso y pueden gravitar fuertemente en el curso de los acontecimientos. Veamos algunos de ellos.

ESCOLLOS QUE SE PRESENTAN

El Reglamento de la Convención.
La confección del Reglamento que va a regir el funcionamiento de la Convención Constitucional no es asunto superfluo. El plazo dado por la ley a la misma para que entregue el proyecto de nueva constitución es de nueve meses, prorrogable por otros tres. Pero dentro de ese plazo ha de confeccionarse el Reglamento para el funcionamiento del organismo además de redactarse la nueva constitución. La experiencia nos enseña, sin embargo, que la confección del Reglamento no es asunto sencillo, pues

“[…] en países como Bolivia la Asamblea Constituyente tomó siete meses en establecer su funcionamiento”(iii).

Es cierto que en Chile no hay ‘Asamblea Constituyente’ sino ‘Convención Constitucional’, cuya naturaleza, de seguro, va a discutirse acaloradamente durante las sesiones haciendo más engorroso el debate; no hay que olvidar que si bien la naturaleza de una ‘Asamblea Constituyente’ es algo que no admite discusión, no ocurre lo mismo con la de ‘Convención Constitucional’, que ha tratado de estatuirse como un organismo sujeto a las regla de la actual constitución pinochetista, de donde deriva su apellido ‘constitucional’. La distinción entre constitucional y constituyente no es superflua: la primera implica subordinación a algo o alguien; la otra, autonomía. Por lo demás, ha de tenerse presente que los acuerdos serán tomados por los dos tercios establecidos en la carta fundamental que impuso el pinochetismo, refrendados por el Acuerdo Por la Paz de 15 de noviembre de 2019.

Mario Briones nos recordaba, hace poco, que el profesor de Derecho de la Universidad Católica Sebastián Soto asimila ambos términos al señalar que

“La convención constitucional o constituyente estará integrada por 155 miembros los cuales serán 100% electos por la ciudadanía el 11 de abril de 2021…”(iv)

Esta concepción también parecen aceptarla otros académicos como Díaz Ricci, Manuel Carbonell y Guzmán Brito. Lo cierto es que el tema va a producir acalorados debates.

En relación al Reglamento que va a regir la Convención, hasta el momento en que se escriben estas páginas, se sabe que

“[…] existen al menos cinco propuestas desarrolladas por el Consejo para la Transparencia; la Cámara Nacional de Comercio (CNC); la Sofofa; el centro de estudios Horizontal (ligado a Evópoli) y la Red de Centros de Estudios por una Nueva Constitución (que incluye a Chile 21, el Instituto Igualdad y Rumbo Colectivo, este último ligado a RD del Frente Amplio)”(v).

Como se puede advertir, las propuestas no solamente evidencian una absoluta carencia de participación popular, sino un atentado directo a la incorporación de independientes en el proceso de elaboración de una nueva carta fundamental. Los órganos del Estado, los empresarios, los partidos que representan los intereses de los compradores de fuerza o capacidad de trabajo y demás partidos institucionales, han tomado en sus manos la solución del ‘problema’ de la Convención Constitucional.

La Comisión Ad Hoc de la OCDE
El otro problema importante a considerar es el rol que va a jugar la Comisión cuyos servicios contrató el ministro de Relaciones Exteriores Andrés Allamand durante su gira por Europa en noviembre pasado.

“Hemos firmado un acuerdo muy importante para dar cumplimiento a una de las obligaciones que tiene el Gobierno en relación al proceso constitucional en marcha. De conformidad a la reforma constitucional aprobada, el Gobierno debe proveer el soporte técnico a quienes tengan la responsabilidad de redactar una nueva Constitución”(vi).

En efecto. En un acto sin precedentes, el ministro Andres Allamand firmó un contrato, en Francia, con Ángel Gurría, secretario general de la Organización para el Comercio y el Desarrollo Económico de las Naciones Unidas OCDE, para que ‘Asesore a Chile en la redacción de una nueva constitución y acompañe el proceso’(vii), además de pedirle que venga a nuestro país

“[…] a entregar su aporte en diversos temas, pero particularmente en una lista en la que la experiencia de la organización y de Europa es particularmente importante”(viii), pues

“[…] estamos hablando del régimen político, donde deberá resolverse si se mantendrá el régimen presidencial o avanzará a otra forma política; los derechos sociales; materias medioambientales; defensa de los consumidores; nuevos derechos individuales en la era digital, y también aspectos institucionales, como la autonomía del Banco Central y las tareas del Tribunal Constitucional”(ix).

La suma destinada a solventar los gastos de este acuerdo fue establecida en US$ 200.000, en la Carta Nª 1320, de 26 de noviembre de 2020, de la Subsecretaría de RREE de la Cancillería, contra una factura emitida por aquella:

“I am writing to inform you that the Undersecretariat of International Economic Affairs-Ministry of Foreign Affairs Chile will contribute USD 200.000 (two hundred thousand dollars) to support the work on Chile’s constitutional reform which is included in the Organisation for Economic Co-operation and Development (OECD) Programme of Work and Budget via the OECD’ work in the promotion of good governance […] This amount will be paid upon receipt of an invoice from the OECD[…]

La gestión del ministro Allamand ha sido no sólo tremendamente torpe, sino objeto de un vendaval de críticas: ridiculiza a Chile mostrándolo como un pueblo enormemente atrasado, incapaz de entender cómo ha de redactarse una verdadera constitución.

Sin embargo, no puede pedírsele más a ese flamante ministro. Allamand no es sujeto que razona, funciona emocional y sentimentalmente; su carácter tanto individual como social es asombrosamente parecido al de Piñera y representa con admirable fidelidad a la juventud que alabara al dictador, en Chacarillas, prometiéndole lealtad eterna. Allamand es atolondrado; mal podría esperarse de él una conducta sensata. Pero actúa al interior de una cofradía, en donde el único valor que impera es la lealtad al grupo y la defensa corporativa de sus feligreses; por eso, siempre va de contar con sujetos tanto o más atolondrados, que van a defender sus torpezas. No por otro motivo lo ha hecho Jaime Bellolio, que pareciera encarnar la lealtad elevada al rango de virtud. Bellolio no sólo alaba todo lo que hace el Gobierno sino explica todo lo que hace, con una insensatez encomiable. Por supuesto que la gestión de Allamand ha sido fuertemente defendida por este individuo. Así, la afrenta a la ciudadanía chilena, a quien se considera menor de edad para entender cómo hacer una constitución, se transforma en una afrenta que el propio Gobierno hace a la ciudadanía. Es la resurrección, por lo demás, del viejo pensamiento pinochetista de considerar a la ciudadanía como ‘menor de edad’, como impúber, incapaz de valerse por sí misma. Es la misma razón por la cual un articulista celebraba que las FFAA vigilen el proceso eleccionario, práctica que jamás ocurre en las naciones desarrolladas sino en las del tercer mundo (x).

No debe sorprender que muchos se pregunten cuál es el objeto de tal medida. O como se lo preguntara una comentarista, aún sorprendida por tal desatino:

“¿Fue una iniciativa suya?, ¿fue una instrucción presidencial?, ¿fueron ambas?, ¿por qué el apuro?”(xi)

Dos escollos que es necesario superar. Pero falta un tercero.

El nuevo jefe del Servicio Electoral de Chile SERVEL
El tercer escollo con el que se ha de encontrar la legión de constituyentes convencionales independientes es el cambio ocurrido en la jefatura del Servicio Electoral de Chile SERVEL.

Puesto que la generalidad de los cargos públicos se reparte entre las organizaciones políticas, como si fuera parte de un botín de guerra, el militante demócrata cristiano Patricio Santamaría González ha dejado el cargo de presidente del consejo directivo del SERVEL asumiendo, en su reemplazo, el militante de la Unión Demócrata Independiente UDI, Andrés Tagle Domínguez, ex ejecutivo de CODELCO, y director del mismo organismo. Había sido, anteriormente,

“[…] propuesto por el Gobierno de Michelle Bachelet bajo la lógica del sistema “binominal” de designaciones que prima en diferentes instituciones del sector público, para llenar el cupo vacante que dejó la renuncia de Gonzalo Molina, tras ser querellado por el Servicio de Impuestos Internos en el marco del caso SQM”(xii).

Su nominación fue defendida, en ese período, por Nicolás Eyzaguirre, a la sazón secretario general de la Presidencia, quien no solamente emitió conceptuosos elogios hacia su persona, entre otros, su

“[…] idoneidad técnica indiscutible”,

sino dijo, además, terminantemente,

“[…] no nos parece que aquí haya habido cuoteo, sino un ejercicio de los balances, los pesos y contrapesos […] mantener la protección de todas las formas de expresión”(xiii).

COMO FORTALECER EL PODER DE LOS INDEPENDIENTES.

No existe otra forma de robustecer el poder de los independientes que no sea votar por ellos. Esa es la tarea; pero no se trata de hacerlo de cualquier modo. Porque el sistema D’Hondt —que va a regir para la elección de los convencionales constituyentes—, privilegia a los partidos que se organizan en listas y forman amplias alianzas; esa misma forma se aplica a los independientes que fueron capaces de hacerlo, tarea que, una vez realizada, evita la dispersión de votos. Por tanto, la primera tarea a realizar es elegir un candidato que aparezca en listas que se han constituido nacionalmente y votar por aquel. Si ello no fuera posible, podrá votarse por las otras listas de independientes; y si ello tampoco pudiere hacerse, ha de votarse por los independientes individualmente considerados que no conformaron listas sino lo hicieron en forma personal. Esto no significa, en modo alguno, despreciar a otros candidatos independientes, sino evitar que la dispersión de votos produzca una hecatombe.

En un trabajo anterior señalamos algunas de las listas que lograron salvar algunos de los escollos colocados por la ‘elite política’ del país a la candidatura de independientes y así dijimos:

“[…] en esas listas, destacan dos de ellas que parecen tener una coordinación a nivel nacional, como lo señala José Luis Valenzuela. Una de ellas es la llamada ‘La Lista del Pueblo’, que figura en 17 distritos con ese nombre, u otros que son muy similares, como, por ejemplo, ‘Elije la Lista del Pueblo’ y ‘La Lista del Pueblo Maule Sur’; la otra es la llamada “Independientes por una nueva Constitución” que, al igual de la anterior, figura en 15 distritos también con el mismo nombre u otro similar, como los que se indican a continuación por vía ejemplificativa: ‘Independientes del Norte Grande por una Nueva Constitución’ e ‘Independientes por la Nueva Constitución’”(xiv).

Creemos que por ellos hay que votar; en ningún caso por las listas de los partidos. Tampoco por personas que fueron personajes públicos y destacaron tanto en la política como en la farándula o aparecieron como ‘opinólogos’. Se trata, en suma, de disminuir el apoyo ciudadano a quienes han gobernado este país durante el período post dictatorial. Se trata de apoyar a un contingente nuevo de ciudadanos que llegan con una moral nueva y con deseos de implantar ideas que pueden poner en apuros al actual sistema vigente.

Se trata, en sìntesis, de comprobar a través del ejercicio del derecho a voto el escaso apoyo que la ciudadanía le otorga hoy a la ‘elite política’ que ha gobernado la nación desde el advenimiento de la democracia, en 1990. Y, consecuentemente, reafirmar la inmensa confianza que esa ciudadanía tiene en el desarrollo de sus propias fuerzas y en el trabajo que pueden realizar para ella sus legítimos representantes. Algo que preocupa de sobremanera a quienes profitan, hoy en día, de las prebendas que se autoconfirieron en estos años de democracia post dictatorial (xv) y que quieren seguir autoconcediéndose.

 

 

i Medrano, Claudio: “Ximena Rincón: ‘En la elección de constituyentes podremos sopesar cuál es el real respaldo hacia los políticos’”, Radio Universidad de Chile RUCH, 11 de marzo de 2021.

ii Acuña Asenjo, Manuel: “¡Aún tenemos Patria, ciudadanos!”, en varios medios de INTERNET, febrero de 2021.

iii Vega, Maximiliano: “¿En qué coinciden las distintas propuestas para el Reglamento Interno de la Convención?”, ‘La Tercera’, 19 de febrero de 2021.

iv http://derecho.uc.cl/es/noticias/derecho-uc-en-los-medios/26229-profesor-sebastian-soto-hablo-sobre-cuales-son-las-atribuciones-de-la-convencion-constituyente-o-mixta

v Vega, Maximiliano: Art. citado en (2).

vi Anónimo: “Gobierno y OCDE firman acuerdo de acompañamiento técnico para el proceso constitucional de Chile”, Ministerio de RREE, página webb, jueves 03 de diciembre de 2020.

vii Camus, María Eugenia: “La asesoría del canciller”, ‘El Mostrador’, 07 de diciembre de 2020.

viii Anónimo: Art. citado en (6).

ix Anónimo: Art. citado en (6).

x Avendaño, Emily: “Por qué las Fuerzas Armadas pueden garantizar las elecciones pese a que el Gobierno les bajó el presupuesto”, ‘El Líbero’, 12 de marzo de 2021.

xi Camus, María Eugenia: Art. citado en (7).

xii Redacción: “Andres Tagle, histórico experto electoral de la UDI, asume como nuevo presidente del consejo directivo del SERVEL”, ‘El Mostrador’, 02 de marzo de 2021.

xiii Redacción: Art. citado en (12).

xiv Acuña Asenjo, Manuel: Documento citado en (2)

xv Medrano, Claudio: Art, citado en (1).