Lo que sigue es un extracto de la nota del mismo nombre publicada en la Revista de la Universidad de México en abril de 2019. Obviamente, no se trata de una noticia, pero sí de un interesante texto para el conocimiento y la reflexión de quienes nos interesamos en los procesos que viven nuestros pueblos, y en la convergencia intercultural. Al final de esta publicación, dejamos a disposición el texto completo en formato pdf.
Para Jovita Tzul, mi hermana. Y en respeto y agradecimiento a los cientos de miles de mujeres y hombres que son alcaldes comunales, alguaciles, presidentes de cofradías, principales, comadronas, comités de agua, comité de camino, porque son ellos quienes están en el tiempo de la organización de la resistencia.
Por Gladys Tzul Tzul
¿Cómo explicamos la vitalidad de la lucha comunal indígena? ¿De qué manera hacemos justicia a las historias, los horizontes y los límites de las luchas comunales?
Si siguen las reflexiones foucaultianas, no se puede pensar el ejercicio del poder sin su contracara, así como tampoco se puede pensar la resistencia por fuera del ejercicio del poder. A mi parecer esta fórmula puede servir para iniciar a contestar las preguntas.
Situemos un espacio concreto: Guatemala. Han pasado veinte años de la firma de los Acuerdos de Paz y en paralelo se firma el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos. En este tiempo se recrudeció el antagonismo comunidad-Estado. Se iniciaron nuevas formas de disputas sobre tierras comunales que históricamente han pertenecido a las comunidades. Se produjo un aumento significativo en la venta corporativa del alcohol que incrementó conflictos en el interior de los pueblos. Se continuó con el pujante proceso para la búsqueda de asesinados en la guerra que fueron enterrados en cementerios clandestinos. Las comunidades comenzaron procesos de discusión sobre las reformas en la Constitución para que no se trastocaran algunas de las prerrogativas políticas que amparan a pueblos indígenas con respecto a la tierra y la justicia comunal. En ese periodo también, el Ministerio Público comenzó procesos de persecución penal contra las autoridades y los comunitarios indígenas.
I. Puntos para comprender la forma comunal de la resistencia
Los procesos de resistencia indígena están protagonizados por hombres, mujeres, niños, niñas, ancianas y ancianos que comparten una tierra; que trabajan juntos en la construcción de sus caminos; que reforestan y cuidan fuentes de agua; que gestionan las fiestas comunales. Es decir, la resistencia tiene como piso político fundamental la capacidad política para deliberar las formas de compartir, organizar jornadas de trabajo comunal, y regular el uso y el abuso de los bienes comunes.
Por ello, si hemos de comprender lo comunal ha de ser una forma de gobierno, que produce instituciones para autorregularse hacia adentro y que al mismo tiempo no pierde de vista y se hace cargo de los cambios y las regulaciones que el Estado y el capital realizan en las comunidades. Éstos son procesos que se demoran y no están exentos de contradicciones. Las comunidades indígenas han sabido interpretar la especificidad de las prácticas del ejercicio de poder. Sus luchas han logrado en varias ocasiones limitar al capital en su intento de totalización de las tierras y de los bienes comunes.
Sí, las luchas comunales han logrado poner en crisis la instalación de proyectos extractivos en sus tierras, por ejemplo, cuando ponen en cuestión y evitan con acciones directas la violencia contra la mujer. También mediante la discusión de artículos de la Constitución que se refieren al ejercicio de la justicia comunal. Hay un componente anticapitalista en las luchas comunales, pues han logrado evitar proyectos que consideran que el bien común está en la propiedad privada y la representación individual.
Por ello la resistencia ha de ser pensada en la simultaneidad. Pues mientras los pueblos defienden tierras, no descuidan sus formas de gobierno comunal interno y resuelven sus dificultades. Así pues, a contrapelo de la dominación y explotación, plantean horizontes políticos de voluntad de vida.
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