Este miércoles 12 de junio, la cámara del Senado argentino  se reunirá a debatir y votar a favor o en contra de un paquete de medidas que implicaría el desguace del Estado en un conjunto de dimensiones y atributos que reduciría su capacidad soberana por 30 años, comprometiendo el presente y futuro del país. Se espera fuera del congreso una masiva movilización de amplios sectores que se oponen a la aprobación del proyecto de ley.

Sería muy largo sintetizar en pocas líneas lo ocurrido en estos 6 meses de nuevo gobierno, pero coherentemente con sus ideas, eliminó ministerios (estructura y funciones de gobierno); devaluó más de un 100% la moneda; dejó de enviar recursos genuinos a las provincias eliminando la obra pública en curso, reduciendo el fondo para el pago a docentes; acumula 65% de inflación; se perdieron casi 100 mil puestos de trabajo registrado.

La pobreza ya alcanza el 55,5% y la indigencia representa el 17,5% (casi 8 millones de personas). Reducción de los ingresos y cuasi eliminación de los programas de entrega de medicamentos a los jubilados. Se niega a homologar paritarias con subas salariales definidas entre partes y mantiene sin entregar cerca de 5 millones de toneladas de comida (compradas por el gobierno anterior) para distribuir entre comedores populares que alimentan a casi 10 millones de personas diariamente.

A sus 15 días de gobierno emitió un decreto de “necesidad y urgencia”[i] de 366 artículos que plantea modificaciones sustanciales a la Constitución Nacional que a la fecha se mantiene vigente, aunque una de las cámaras ya lo rechazó. Con la intención de dar marco de legalidad a este Decreto (susceptible de ser anulado), el gobierno mandó al Congreso Nacional la llamada “Ley Bases”[ii]. Esta fue aprobada en diputados y ahora toca el turno en la cámara alta.

De ser aprobada esta ley, podemos afirmar que la República Argentina dejará de ser un país soberano.

En una apretada síntesis de sus más de 200 artículos, la Ley Bases propone:

  • Otorgar al presidente facultades delegadas (el parlamento delega decisiones al presidente sin requerimiento de debate y aprobación por su parte), para reformar el estado con la orientación principalmente de:
  • Reducir la planta de personal técnico,
  • Cierre o disminución de diversas agencias de regulación, investigación y desarrollo, de impacto comunitario, de atención social, desinversión en educación y salud, etc.
  • Privatización de empresas estatales
  • Modificación de la ley de procedimiento administrativo (funcionamiento del Estado) eliminando prácticamente todos los controles y regulaciones.
  • Habilitación a la exportación total de la producción de hidrocarburos sin contemplar demanda interna para autoabastecimiento y eliminación de subsidios al consumo de energía para toda la población y hogares. Concesiones de explotación por 30 años.
  • Reforma laboral, cercenando derechos, desestimando multas y sanciones por falta de pagos a los sistemas de seguridad social, ampliando los tiempos de “período de prueba”, etc.
  • Régimen de incentivo para grandes inversiones (RIGI) que exime de impuestos, habilita la salida de ganancias, promueve incentivos tributarios, aduaneros, cambiarios y estabilidad de largo plazo. Al mismo tiempo no obliga a la compra ni contratación de producción y trabajo nacional por períodos de 30 años. Se define el CIADI y otras jurisdicciones jurídicas como posibles ámbitos de resolución judicial.
  • Régimen jubilatorio: eliminación de cualquier forma de moratoria para aquellos que no hayan logrado los aportes indicados. Al mismo tiempo, si se habilitan moratorias para las deudas previsionales de los empleadores.

La línea ideológica del gobierno, definida como anarco-capitalismo se concretaría con la aprobación de esta ley, desarmando las facultades estatales para control y regulación, habilitando a las grandes empresas e inversiones a llevarse los recursos nacionales sin necesidad de garantizar las necesidades locales  y desarticulando las tramas sociales y los derechos conquistados.

[i]https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-70-2023-395521/texto

[ii]https://www.senado.gob.ar/prensa/21731/noticias