Este 25 de marzo, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas logró adoptar una resolución (2728) exigiendo un cese al fuego inmediato en Gaza.
El texto, cuyo borrador inicial fue patrocinado por Argelia y 9 Estados más y que circuló desde el viernes 22 como propuesta alternativa, con el respaldo del Grupo de Estados Árabes de Naciones Unidas (véase comunicado del 22 de marzo), fue adoptado este 25 de marzo. El texto integral puede ser revisado en este enlace. El texto de la resolución está reproducido al final de estas breves reflexiones en inglés así como en francés.
Algunos cambios en el vocabulario con relación al borrador inicial propuesto se deben a la amenaza de un nuevo veto norteamericano: no se habla de cese al fuego «permanente«, sino por las dos semanas que dura el Ramadán entre otros cambios. Sobre los cambios de palabras de último minuto antes del voto de la resolución 2728, se lee en esta nota elaborada por una ONG que sigue de muy cerca las negociaciones dentro del Consejo de Seguridad que:
«It seems, however, that shortly before the vote took place yesterday, and following a request by the US, the draft resolution in blue was further amended to replace the reference to a “permanent sustainable ceasefire”, with a reference to a “lasting sustainable ceasefire”. This led Russia to introduce an oral amendment before the vote on the whole draft resolution to replace the word “lasting” with the word “permanent” ahead of the reference to a sustainable ceasefire. The amendment failed to be adopted because it did not garner the required nine affirmative votes. The US voted against the amendment, while Algeria, China and Russia voted in favour. The remaining 11 Council members abstained. The Council then voted on the E10 draft text, which was adopted with 14 votes in favour and one abstention (US)«.
Los demás nueve Estados patrocinadores (denominados E-10 en la jerga del Consejo de Seguridad, siendo el E usado por «elected«) conjuntamente con Argelia fueron: Corea del Sur, Ecuador, Eslovenia, Guyana, Japón, Malta, Mozambique, Sierra Leone y Suiza.
Puesta en contexto luego del fracasado intento de Estados Unidos del 22 de marzo
Se trata de un nuevo ejercicio luego de una propuesta de Estados Unidos presentada el viernes 22 de marzo, la cual fue objeto del voto en contra (veto) por parte de China y de Rusia.
El lenguaje (bastante creativo) de Estados Unidos en el Párrafo Operativo 1 (OP1) de su propuesta votada el 22 de marzo, refirendo a que el Consejo de Seguridad:
«OP1 – Determines the imperative of an immediate and sustained ceasefire to protect civilians on all sides, allow for the delivery of essential humanitarian assistance, and alleviate humanitarian suffering, and towards that end unequivocally supports ongoing international diplomatic efforts to secure such a ceasefire in connection with the release of all remaining hostages»;
había profundamente indignado a los delegados de Argelia, China y Rusia (que votaron en contra); así como a la representante de Guyana, que se abstuvo. Con una inusitada llamada de atención de su delegada a Estados Unidos, Guyana en su detallada explicación de voto (cuya lectura se recomienda) indicó que:
» contrary to media reports, this resolution does not call for an immediate ceasefire. Instead, we note that it “determines the imperative for a ceasefire” and calls for support for diplomatic efforts that are ongoing outside of the UN. While those efforts must be commended, given the responsibility and mandate of this Council, Guyana could not support a resolution that does not unequivocally call for an immediate ceasefire. Nearly 32,000 persons have been killed in Gaza since 7 October, the majority of whom are women and children. More than 74,000 have been maimed. Initial UN assessments have concluded that it would take years to clear the 23 million tons of rubble and unexploded weapons scattered across Gaza. The latest IPC report projects famine between now and May 2024. In summary, this man-made disaster cannot be halted without an immediate ceasefire, and it is this Council’s responsibility to unequivocally demand one, even as it acknowledges the efforts of Qatar, Egypt and the United States«.
Salvo error de nuestra parte, es la primera vez desde 1945 que se propuso un «determines the imperative» en un Párrafo Operativo de una propuesta de resolución del Consejo de Seguridad. Ante la maniobra semántica norteamericana permitiendo vaciar de contenido la exigencia de un cese al fuego a Israel (y al Hamás), el resto de los integrantes del Consejo de Seguridad votaron a favor (11 votos), exhibiendo de alguna manera su respaldo a tan inusitado juego de palabras por parte de la delegación norteamericana. La abstención de Guyana cobra mayor relevancia si se compara con la actitud de estos 11 Estados.
No está de más recordar que Estados Unidos ha vetado en tres ocasiones proyectos de resolución en el Consejo de Seguridad exigiendo un cese al fuego por razones humanitarias, el primero de ellos propuesto por Brasil el 18 de octubre del 2023, que tuvimos la oportunidad de analizar en detalle (Nota 1). De igual manera remitimos a una nota nuestra explicando los alcances del tercer veto norteamericano observado el 20 de febrero del 2024 (Nota 2).
El voto de la resolución 2728(2024) en breve
Enterrada la inédita propuesta norteamericana del 22 de marzo, el pasado 25 de marzo, la presión externa sobre Estados Unidos (pero también interna) fue tal que su representante optó por abstenerse, reuniendo el texto aprobado 14 votos a favor.
Esta vez, el Reino Unido optó por no acompañar a Estados Unidos, evidenciándose el aislamiento total de Estados Unidos en el seno del Consejo de Seguridad.
En su explicación de voto, la delegada de Estados Unidos sorprendió a sus homólogos, refiriéndose al carácter «non-binding» de esta resolución, y provocando reacciones airadas e iracundas de varios delegados. Un Miembro Permanente del Consejo de Seguridad como Estados Unidos… ¿ignorando el Artículo 25 de la Carta de Naciones Unidas y aduciendo que la resolución obtenida este 25 de marzo no es vinculante? Así como se oye.
En un caso como el asedio total al que Israel somete a la población civil en Gaza desde el pasado 7 de octubre, y el cese al fuego inmediato que se exige luego de tres intentos vetados por Estados Unidos, esta resolución del Consejo de Seguridad es por supuesto de acatamiento obligatorio: sorprende que ahora Estados Unidos tenga semejante posición y la externe públicamente su máxima representante en Naciones Unidas. Si no fuera de acatamiento obligatorio, ¿a qué obederán entonces las largas negociaciones y tractaciones previas sobre su contenido, en las que cada palabra, cada expresión, cada puntuación propuesta fue objeto de innumerables enmiendas y revisiones hasta lograr un consenso?
Un reciente artículo publicado (de muchos otros que vendrán…) explica las razones por las que la resolución 2728 es vinculante, contrario a lo escuchado por parte del incondicional aliado de Israel.
Se espera de los 14 integrantes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, pero también de los demás Estados Miembros de Naciones Unidas como tal, que llamen la atención a Estados Unidos sobre este preciso punto en los próximos días, dada la inédita osadía de la diplomacia norteamericana.
Así por ejemplo, en un comunicado oficial, Costa Rica reiteró el carácter obligatorio de la resolución 2728 al señalar que: … de acuerdo con la Carta de la Organización de las Naciones Unidas las decisiones del Consejo de Seguridad son de obligatorio cumplimiento, por lo que Costa Rica insta a su estricto e inmediato acatamiento» (Nota 3). En igual sentido, pero cada cual recurriendo a una terminología distinta, se expresaron en América Latina, entre otros más, Brasil (véase comunicado oficial), Chile (véase comunicado oficial), Colombia (véase comunicado oficial), México (véase comunicado oficial) y Venezuela (véase comunicado oficial). Salvo error de nuestra parte, no se registra comunicado alguno sobre la resolución 2728(2024) del Consejo de Seguridad en los sitios oficiales del aparato diplomático de Argentina, Guatemala, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay.
Con relación a la presión interna dentro de Estados Unidos, se considera que el fracasado intento de Estados Unidos poniendo a prueba la paciencia del Consejo de Seguridad con juegos semánticos inaceptables, obedeció en realidad a una simple maniobra de carácter electoral: ello con la finalidad de calmar a buena parte del electorado del Partido Demócrata profundamente indispuesto con el apoyo incondicional de Estados Unidos a Israel en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre.
Finalmente, cabe señalar que en señal de descontento por la abstención de Estados Unidos en el Consejo de Seguridad, el Primer Ministro de Israel decidió suspender su visita prevista a la capital norteamericana (véase nota de la agencia Reuters): una nueva evidencia de posición intransigente de Israel y de la tensión que está instalándose entre Estados Unidos e Israel. En respuesta a la decisión de Israel, se leyó (véase nota del Timesof Israel) que un portavoz de Estados Unidos indicó en conferencia de prensa que:
» We’re very disappointed that they won’t be coming to Washington, DC to allow us to have a fulsome conversation with them about viable alternatives to going in on the ground in Rafah«.
A modo de conclusión
Desde la tarde/noche 7 de octubre en la que iniciaron los bombardeos incesantes y desproporcionales de Israel sobre la población civil de Gaza, esta resolución del Consejo de Seguridad es la primera en la que se exige un cese al fuego a Israel y al Hamás.
Se hubiera podido esperar que ello calmara los ímpetus destructores de Israel en Gaza observados desde la tarde/noche del 7 de octubre.
Ahora bien, al no observarse mayor cambio por parte de las máximas autoridades de Israel a partir del 25 de marzo del 2024, con un conjunto de resoluciones votadas por la Asamblea General de Naciones Unidas, esta resolución 2728(2024) del Consejo de Seguridad probablemente sea utilizada ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el marco del procedimiento iniciado por Sudáfrica contra Israel desde el pasado 29 de diciembre; así como por Nicaragua contra Alemania por complicidad de genocidio en Gaza, cuyas audiencias tendrán lugar los próximos 8-9 de abril en La Haya (Nota 4). Ello sin hablar de la remisión de carácter urgente presentada, primero por Bengladesh, Bolivia, Comoros, Maldivas y Sudáfrica en noviembre del 2023 (véase texto), y luego por Chile y México en enero del 2024 (véase comunicado oficial) a otra instancia jurisdiccional: la Corte Penal Internacional (CPI).
No está de más señalar que, en función de la postura que adopte Israel, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas podría en los próximos días llevar a cabo otra iniciativa similar, condenando el irrespeto a sus decisiones por parte de Israel y aplicándole las medidas de carácter punitivas y coercitivas previstas en caso de irrespeto a su autoridad (Artíclos 41 y 42 de la Carta de Naciones Unidas, incluyendo decretar un embargo comercial y sobre armas); de paso, esta segunda iniciativa podría obligar a Estados Unidos a unirse a los 14 demás integrantes del Consejo de Seguridad, a menos que opte por seguir con interpretaciones antojadizas de la Carta de Naciones Unidas.
La disyuntiva siendo para Estados Unidos la de aislarse un poco más del resto de la comunidad internacional vetando esta futura iniciativa, o bien aceptar que defender a Israel resulta en este mes de marzo del 2024 indefendible, y que el accionar del aparato militar en Gaza es simplemente injustificable e inaceptable.
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Nota 1: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: breves reflexiones con relación al veto de Estados Unidos al proyecto de resolución en el seno del Consejo de Seguridad presentado por Brasil», 18 de octubre del 2023. Texto disponible aquí.
Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: en torno al veto indefendible de Estados Unidos en el seno del Consejo de Seguridad«, 22 de febrero del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 3: El comunicado oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica del 25 de marzo se lee de la siguiente manera:
«Costa Rica apoya resolución adoptada por el Consejo de Seguridad sobre Gaza
San José, 25 de marzo del 2024. Costa Rica expresa su apoyo a la Resolución S/2024/253, adoptada el día de hoy por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la situación en Gaza, la cual exige un alto al fuego inmediato durante Ramadán que conduzca a un alto al fuego sostenido, así como la liberación inmediata de todos los rehenes, el acceso sin barreras a ayuda humanitaria, el reforzamiento de la protección de civiles en toda la Franja de Gaza y el respeto de las partes a sus obligaciones a tenor del Derecho Internacional.
Recordamos que de acuerdo con la Carta de la Organización de las Naciones Unidas las decisiones del Consejo de Seguridad son de obligatorio cumplimiento, por lo que Costa Rica insta a su estricto e inmediato acatamiento.
Confiamos en que este sea el primer paso hacia una solución permanente, reflejada en dos Estados, Israel y Palestina, viviendo en paz y seguridad, uno al lado del otro, de acuerdo con las líneas fronterizas acordadas por las Naciones Unidas en la Resolución 242 del año 1967.
Comunicación Institucional, 106-2024 Apoyo CR a resolución CSONU, Lunes 25 de marzo de 2024«.
Nota 4: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: Gaza / Israel: Corte Internacional de Justicia (CIJ) fija audiencias en demanda de Nicaragua contra Alemania«, 15 de marzo del 2024. Texto disponible aquí.
Material / Documento: texto de la resolución 2728(2024) adoptada el 25 de marzo del 2024
Resolution 2728 (2024) adopted by the Security Council at its 9,586th meeting, on 25 March 2024
The Security Council,
Guided by the purposes and principles of the Charter of the United Nations,
Recalling all of its relevant resolutions on the situation in the Middle East, including the Palestinian question,
Reiterating its demand that all parties comply with their obligations under international law, including international humanitarian law and international human rights law, and in this regard deploring all attacks against civilians and civilian objects, as well as all violence and hostilities against civilians, and all acts of terrorism, and recalling that the taking of hostages is prohibited under international law,
Expressing deep concern about the catastrophic humanitarian situation in the Gaza Strip,
Acknowledging the ongoing diplomatic efforts by Egypt, Qatar and the United States, aimed at reaching a cessation of hostilities, releasing the hostages and increasing the provision and distribution of humanitarian aid,
- Demandsan immediate ceasefire for the month of Ramadan respected by all parties leading to a lasting sustainable ceasefire, and also demands the immediate and unconditional release of all hostages, as well as ensuring humanitarian access to address their medical and other humanitarian needs, and further demands that the parties comply with their obligations under international law in relation to all persons they detain;
- Emphasizesthe urgent need to expand the flow of humanitarian assistance to and reinforce the protection of civilians in the entire Gaza Strip and reiterates its demand for the lifting of all barriers to the provision of humanitarian assistance at scale, in line with international humanitarian law as well as resolutions 2712 (2023) and 2720 (2023);
- Decides to remain actively seized of the matter.
Résolution 2728(2024) adoptée par le Conseil de Sécurité des Nationes Unies le 25 mars 2024
Le Conseil de sécurité,
Réaffirmant les buts et principes énoncés dans la Charte des Nations Unies,
Rappelant toutes ses résolutions antérieures sur la situation au Moyen-Orient, y compris la question palestinienne,
Demandant de nouveau à toutes les parties au conflit d’adhérer aux obligations que leur impose le droit international, y compris le droit international humanitaire et le droit international des droits humains et, à cet égard, déplorant toutes les attaques perpétrées contre des civils et des biens de caractère civil ainsi que tous les actes de violence et d’hostilité contre des civils et tous les actes de terrorisme, et rappelant que les prises d’otages sont prohibées par le droit international,
Se déclarant profondément préoccupé par la situation humanitaire catastrophique qui règne dans la bande de Gaza,
Prenant note de l’action diplomatique en cours menée par l’Égypte, les États-Unis d’Amérique et le Qatar, visant à parvenir à la cessation des hostilités, à obtenir la libération des otages et à accroître la fourniture et la distribution de l’aide humanitaire,
- Exigeun cessez-le-feu humanitaire immédiat pendant le mois du ramadan qui soit respecté par toutes les parties et mène à un cessez-le-feu durable, exige également la libération immédiate et inconditionnelle de tous les otages et la garantie d’un accès humanitaire pour répondre à leurs besoins médicaux et autres besoins humanitaires, et exige en outre des parties qu’elles respectent les obligations que leur impose le droit international à l’égard de toutes les personnes qu’elles détiennent;
- Insiste sur la nécessité urgente d’étendre l’acheminement de l’aide humanitaire aux civils et de renforcer la protection des civils dans l’ensemble de la bande de Gaza et exige à nouveau la levée de toutes les entraves à la fourniture d’une aide humanitaire à grande échelle, conformément au droit international humanitaire et aux résolutions 2712 (2023)et 2720 (2023);
- Décide de rester activement saisi de la question.