A iniciativa de la diputada y expresidenta del Colegio de Periodistas, Nathalie Castillo, se aprobó en la Cámara Baja y pasó al Senado. Entre los objetivos está prevenir hechos de violencia contra periodistas y personas trabajadoras de las comunicaciones, proteger y garantizar su seguridad. La propuesta de ley protege particularmente a periodistas o trabajadoras mujeres. Chile podría ser el primer país del mundo en contar con una legislación de estas características.
Valparaíso. 3/2024. Al Senado avanzó el proyecto de ley presentado por la diputada Nathalie Castillo (PC) que protege a periodistas y personas trabajadores de las comunicaciones luego de lograr su despacho total en la jornada ordinaria del lunes 18 de marzo donde la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados respaldó por mayoría la moción parlamentaria.
La iniciativa crea un estatuto de protección que recoge las sugerencias internacionales establecidas por la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Cultura, las Ciencias y la Educación) para salvaguardar la integridad de todas y todos ellos.
Por esa razón, el proyecto de ley -que recibió el patrocinio del Gobierno- entre sus objetivos busca prevenir hechos de violencia contra periodistas y personas trabajadoras de las comunicaciones, proteger y garantizar su seguridad, establecer un marco normativo y efectivos para ese fin y la adopción de medidas para que se investigue, se sancione, se repare y se garantice no repetición en situaciones de vulneración y/o agresión.
En otras palabras, el Estado asume el deber de prevenir agresiones contra periodistas (que tengan título universitario) o personas trabajadoras de las comunicaciones que la ley precisa que son todas aquellas que sin tener título profesional o equivalente, su actividad principal consiste en la recopilación, tratamiento y difusión de la información al público por cualquier medio de comunicación, tanto online como offline.
Junto con eso, la propuesta de ley protege particularmente a periodistas o trabajadoras mujeres, de la diversidad o disidencia sexual y de género a través de medidas que visibilicen y prevengan a través del Ministerio Público hechos de violencia. Este apartado surge toda vez que la moción, entre sus fundamentos, cita cifras de violencia contra comunicadores y comunicadoras en el marco de la revuelta social del 2019.
Para la diputada Nathalie Castillo, expresidenta del Colegio de Periodistas, es relevante dar a conocer que el Congreso Nacional está tramitando esta iniciativa, puesto que de convertirse en ley “Chile será el primer país del mundo en contar con una legislación de estas características. Después de dos años hemos logrado un apoyo transversal en la Cámara lo que demuestra que la libertad de prensa es un ámbito de preocupación que moviliza a diversos sectores políticos”.
“Esperamos que en el Senado tengamos la misma recepción y así poder ser el primer país de latinoamérica que consagra el respeto y la protección a los y las trabajadores de las comunicaciones”, destacó la parlamentaria.
Mauricio Weibel, presidente de la Sociedad de Corresponsales y el Caribe (SOCOLAC), indicó que esta iniciativa “es un enorme paso no solo para Chile, para proteger a quienes trabajan formando ciudadanos, sino que también es una enorme noticia para toda América Latina. Esta ley que queremos aprobar en el Senado próximamente es un ejemplo para otros países del continente. Vamos a dar un ejemplo desde Chile a América y el mundo porque esto es un gran avance en favor de la libertad de expresión”.
La presidenta del Colegio de Periodistas de Chile, Rocio Alorda, declaró que “estamos muy contentas, tremendamente agradecidas de la gestión de la diputada Castillo, del apoyo del Ejecutivo y de las y los diputados. Hoy hemos avanzado; hemos ganado las y los comunicadores. Es un paso más para garantizar la libertad de expresión y de prensa en nuestro país”.
La propuesta se aprobó en general en la Cámara el pasado 31 de julio. Sin embargo, volvió a la Comisión de Cultura por ser objeto de indicaciones, las cuales se integraron al texto y finalmente se respaldaron por la Sala.
Los cambios aprobados se refieren a algunos objetivos de la normativa. Lo primero refiere al ítem de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los periodistas y personas trabajadoras de las comunicaciones. Al respecto, se agregó que dichos derechos sean reconocidos en tratados internacionales y que las libertades fundamentales sean consagradas en la Constitución.
El proyecto incluye a reporteros/as, camarógrafos/as, fotógrafos/as, al personal de apoyo técnico, comunicadores sociales y comunitarios. También a choferes, intérpretes, revisores, traductores, editores, productores, difusores y distribuidores. Lo anterior, sin que signifique, necesariamente, que la persona cuente con un título profesional o equivalente. De igual modo, se incluye a estudiantes de periodismo en práctica profesional, como egresados de la carrera.
El concepto de agresión se define como cualquier acto que atente contra la vida, integridad física, psíquica y sexual de las y los periodistas y las personas trabajadoras de las comunicaciones en el ejercicio de su labor comunicacional. Entre ellas, se consideran desapariciones forzadas, homicidios, secuestros, toma de rehenes, torturas y apremios ilegítimos. Igualmente, violencia física, intimidación, amenazas, detenciones ilegales y/o arbitrarias y ataques discriminatorios.
También contempla la censura, violación de las comunicaciones, espionaje, vigilancia ilegal y toda forma de violencia sexual, entre otras, que puedan significar menoscabo.
En la iniciativa se propone no solo la protección de periodistas, sino también de sus familias cuando estén en riesgo. Asimismo, se define la obligación de resguardar a comunicadores que investigan el crimen organizado u otros temas de interés público. Paralelamente, se promueve la protección de trabajadores/as de las comunicaciones mujeres, diversidades y disidencias de sexo y de género.