Se exhorta a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a que se expida sobre las exploraciones sísmicas en el Mar Argentino.
El máximo tribunal tiene en estudio —desde febrero 2023— las apelaciones de las organizaciones ambientales contra la sentencia de la Cámara Federal de Mar de Plata, que habilitó a la empresa Equinor a efectuar exploraciones sísmicas, que comenzarían en los próximos días.
Ante el inminente inicio de los bombardeos sonoros en el Mar Argentino en el marco del megaproyecto hidrocarburífero que el Estado Nacional lleva adelante sobre la costa bonaerense, este martes 10/10/23, Naturaleza de Derechos —que acompaña en el patrocinio jurídico uno de los reclamos judiciales¹ que procura el cese del mentado empredimiento extractivista— solicitó a la Corte Suprema de la Argentina que resuelva de inmediato las quejas extrordinarias interpuestas por distintas organizaciones ambientalistas contra la sentencia de la Cámara Federal de Mar del Plata que, apartándose del orden jurídico ambiental vigente en nuestro país, habilitó las exploraciones sísmicas en tres áreas marítimas distantes a 300/400 kms de la costa de la Provincia de Buenos Aires.
Las quejas extraordinarias fueron interpuestas en el mes de febrero de 2023 y ya circularon por los despachos de los 4 ministros de la Corte Suprema Nacional, por lo tanto, el máximo tribunal estaría en condiciones de resolver sobre el pedido de suspensión de las exploraciones sísmicas.
Por eso, se exhortó a que la Corte resuelva de inmediato poniendo en su conocimiento que la embarcación Bgp Prospector contratada por la empresa Equinor ya se encuentra en las aguas jurisdiccionales argentinas, dispuesta a comenzar en los próximos días las actividades de bombardeos sísmicos en las áreas marítimas concesionadas por el Gobierno Nacional, denominadas CAN 100, 108 y 114.
La embarcación se instalaría tres meses en dichas áreas para efectuar exploraciones sobre la existencia de reservas hidrocarbufíferas en el lecho marino, en abierta contradicción a los compromisos asumidos por la Argentina en el Acuerdo de París sobre cambio climático que incluye, entre otros, políticas públicas ambientales en reducir la producción y uso de combustibles fósiles.
Dichas exploraciones se realizan mediante bombardeos sonoros sistemáticos diarios que ponen en riesgo a toda la biodiversidad marítima, principalmente a las poblaciones de ballenas francas australes, que en la soberanía de su hábitat natural —reconocida por ley 23.094 al declararlas Monumento Natural—, serían objeto de una perturbación antrópica intolerable violando todos sus derechos, y colocándolas en una situación de riesgo de daño grave e irreparable.
En la misma presentación se le solicitó a la Corte un trato igualitario y la máxima expedición, como la tuvo en los casos públicos relacionados con la suspensión de las elecciones a gobernador y vicegobernador en la Provincia Tucumán , autos “Partido por la Justicia Social c/ Tucumán, Provincia de s/ amparo” que resolvió en 19 días corridos, y en el conflicto entre el Gobierno Nacional y de la Ciudad de Buenos Aires por la asistencia a las Escuelas porteñas durante la cuarentena por el COVID 19², también con un trámite acelerado que resolvió la cautelar en días.
El caso cautelar de las exploraciones sísmicas, que reviste extrema gravedad para la biodiversidad marítima —con riesgos de daños irreparables e implicancias trans generacionales—, ya lleva 8 meses rotando en los despachos ministeriales desde su ingreso el 14 de Febrero de 2023.
¹ Organización de Ambientalistas Autoconvocados c/Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustenable de la Nación s/amparo ley 16.986 Expte 70/2022
² Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires c/ Estado Nacional s/amparo