El pasado miércoles, las comisiones de asesoramiento del Senado y la Cámara de Diputados dictaminaron favorablemente sobre el proyecto denominado “Ley de licencias y asignaciones parentales igualitarias”. Ello permite que se inicie el debate parlamentario y se traten reformas que al Colectivo Adopten Niñes Grandes le parecen fundamentales. Entre ellas:
La inclusión de 12 días para entrevistas, audiencias y visitas durante la vinculación.
Una licencia para adoptantes de 126 días a partir del inicio de la convivencia.
Una licencia adicional de 30 días más por hijo para adopciones múltiples y hasta 180 días para casos de discapacidad, síndrome o enfermedad crónica.
La creación de una asignación mensual para monotributistas.
Este proyecto, además de ampliar los derechos de las personas que trabajan, contempla el interés superior de los niñes y su derecho a tener una familia que los acoja guarde y cobije. Instamos a senadores y diputados a debatirlo lo más rápidamente posible.
Desde Adopten Niñes Grandes consideramos muy positivas algunas de las modificaciones que se proponen introducir en la Ley de Contrato de Trabajo.
Nuestra militancia incluye la necesidad de contar con días disponibles para los futuros adoptantes para que pudieran asistir “a entrevistas con fines de adopción, audiencias, encuentros o visitas a un niño, una niña o adolescente que se pretende adoptar”, pudiendo tomarse “hasta DOCE (12) días hábiles anuales, desde el inicio de los trámites de adopción y hasta la resolución judicial que ordena su otorgamiento”.
A su vez, se integra la prohibición del despido por motivos de adopción.
También las modificaciones incluyen la prohibición del “trabajo de la persona adoptante por CIENTO VEINTISEIS (126) días corridos. La prohibición computará a partir de la fecha en que se inicie la convivencia en el hogar de la persona adoptante. La persona adoptante podrá optar por reducir a CUARENTA Y CINCO (45) días corridos el período de prohibición de trabajo inmediatamente posterior a la fecha en que se inicie la convivencia y completar los OCHENTA Y UN (81) días restantes dentro de un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días contados desde la misma fecha”.
Y agrega que “Si se tratara de adopciones múltiples, la licencia se extenderá por el plazo de TREINTA (30) días por cada hijo o hija a partir del segundo o de la segunda”.
En el caso de que se trate de un menor “con discapacidad, síndrome, enfermedad crónica o discapacidad sobreviniente o diagnosticada dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días posteriores al nacimiento o guarda, la licencia se extenderá por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días. En todos los casos, la extensión de la licencia se añadirá al período de licencia ya gozado”.
La licencia para adoptantes es un reclamo recurrente, ya que depende de los convenios de trabajo particulares y cada empresa o institución reglamenta según su interés.
Otro gran logro del articulado aprobado en Comisión del Senado y Cámara de Diputados el 23 de agosto del 2023 bajo el título de “Ley de licencias y asignaciones parentales igualitarias”, es la creación de una asignación parental gestante, parental no gestante y adopción para monotributistas y autónomos.
De esta manera “las trabajadoras y los trabajadores inscriptos en el Régimen General de Autónomos, las personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y aquellas inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social podrán solicitar las asignaciones parentales para personas gestantes, no gestantes y adoptantes”.
“El monto mensual de la asignación para las personas trabajadoras inscriptas en el Régimen General de Autónomos, las adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y las inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social será equivalente al monto del Salario Mínimo Vital y Móvil neto, vigente en cada período”, detalla, junto a las condicionalidades exigidas para su aprobación.