En Chile hay un alto nivel de emprendedores sociales (fundaciones, corporaciones y otras ONGs) al igual que emprendedores de negocios (PYME’s). Cada uno de estos sectores cuenta con aproximadamente 235.000 instituciones. Todos enfrentan grandes obstáculos y problemas, y pocos sobreviven a los dos primeros años de vida.
Las y los emprendedores sociales comienzan con la ilusión de obtener financiamiento de quienes comparten sus sueños y sus causas, pero se enfrentan con la cruda realidad que la mayor parte de los recursos que se movilizan en el tercer sector responden a intereses particulares y no a motivación filantrópica entendida como la tendencia a procurar el bien de las personas de manera desinteresada, incluso a costa del interés propio.
Existe muy poca información disponible sobre las organizaciones sin fines de lucro (OSFL) en general y mucho menos en particular. La ley 20.500, Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, establece los lineamientos generales del sector y el rol del Estado, pero no contempla mecanismos de fiscalización y los requerimientos de información pública se limita a establecer la necesidad que publiquen anualmente sus balances en sus páginas web.
El “caso convenios” ha puesto en el ojo del huracán a las fundaciones y la discusión se ha dirigido a la dimensión política del escándalo y no se ha profundizado en que las causas estructurales de nuestra institucionalidad hicieron posible que estas situaciones ocurrieran.
Hay mucho que hacer. El Presidente Boric ha creado la Comisión Ministerial para la Regulación de la Relación entre las Instituciones Privadas Sin Fines de Lucro (IPSFL). El objetivo es «establecer un nuevo trato con las instituciones privadas sin fines de lucro», en que primen los principios de transparencia, efectividad, eficiencia, rendición de cuentas de los convenios de colaboración que surgen entre estas entidades y el Ejecutivo.
Lo primero, es necesario crear una superintendencia para fiscalizar, supervigilar, controlar e impartir instrucciones a todas las organización sin fines de lucro que accedan a beneficios tributarios, reciban fondos públicos o financiamiento de empresas que hayan recibido incentivos tributarios. Segundo, y más importante, que en su calidad de instituciones coadyuvantes del Estado que de manera directa o indirecta operan con fondos públicos, les sea aplicable la Ley N°20.285 de Transparencia que establece normas sobre el acceso a la información pública y promueve la transparencia en la gestión de los órganos de la Administración del Estado.
Decenas de miles de organizaciones sin fines de lucro cumplen día a día un rol insustituible como apoyo al Estado y también en innovación social, cultura, ciencias, deportes, democracia, ciudadanía, medio ambiente, derechos humanos, educación, etc… Por ello debemos protegerlas con una buena institucionalidad, fuerte fiscalización y transparencia para así tener un tercer sector robusto, eficiente, centrado en el bien común y libre de corrupción.