Como una preocupante noticia califican las organizaciones de la sociedad civil Corporación Apertura para el Mañana y Fundación Aspi Chile, la discusión de la Ley 21.275 en el Congreso Nacional de Chile, realizada dentro del primer semestre del año 2020. Ésta se llevó a cabo sin la participación activa de las personas en situación de discapacidad, tal como lo mandata la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Chile desde el año 2008.
Específicamente bajo el título de las “obligaciones generales” del Estado de Chile, el artículo 3°, en su numeral 3 señala que: “En la elaboración y aplicación de legislación y políticas para hacer efectiva la presente Convención, y en otros procesos de adopción de decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, los Estados Partes celebrarán consultas estrechas y colaborarán activamente con las personas con discapacidad, …”. Y el artículo 29 del mismo cuerpo legal, se refiere expresamente a la Participación En La Vida Política y Pública: “Los Estados Partes garantizarán a las personas con discapacidad los derechos políticos y la posibilidad de gozar de ellos en igualdad de condiciones con las demás y se comprometerán a: … b) Promover activamente un entorno en el que las personas con discapacidad puedan participar plena y efectivamente en la dirección de los asuntos públicos, sin discriminación y en igualdad de condiciones …, y fomentar su participación en los asuntos públicos …”
Sin embargo, en la creación de la Ley 21.275, esto no sucedió y en su discusión solo participó una Fundación, siendo que en Chile existen más de 2.300 organizaciones dedicadas a trabajar por los derechos de las personas en situación de discapacidad. Otras instituciones escuchadas durante la discusión de la ley fueron las que representan la visión del gobierno de Sebastián Piñera (Ministerio del Trabajo y Senadis) y representantes del empresariado a través de la Sociedad de Fomento Fabril (SOFOFA). Entre los argumentos más repetidos en la discusión fueron que ésta: “no representara costo para las empresas”, comentarios que emanaron directamente de representantes del gobierno, ignorando el rol garante del Estado del cumplimiento de la Convención y la protección de las “personas con discapacidad” y no de las “empresas”. Así las cosas, es dable preguntarse ¿quienes se beneficiarán con la creación de esta ley?
Y qué duda cabe que serán los organismos que lucren con la capacitación de los interesados en certificarse como “experto en inclusión laboral”. La ley entregó a el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales (www.chilevalora.cl), la creación del “perfil” de este experto en inclusión, para lo cual dio plazos de días, sin notificar a las más de 2.300 organizaciones de la sociedad civil que trabajan por la discapacidad, noticia de la que nos enteremos por casualidad, constatando así como muchas organizaciones quedarán fuera de la participación en el proceso de creación del perfil del experto.
Finalmente, en cuanto a las sanciones a las empresas por el incumplimiento, a lo preceptuado por la misma ley, este ítem no fue incorporado, develando una vez más, lo grave que es legislar sin participación ciudadana y lo vergonzoso que es hacerlo solo protegiendo a Goliat, ignorando los mandatos de los tratados internacionales en materia de derechos humanos.