Caso Facundo Agüero: lectura de alegatos y presentación de los primeros testimonios

Neuquén, Puel Mapu. En la primera audiencia del juicio por vejaciones y lesiones gravísimas contra 4 policías de la ciudad de Neuquén, se pudo ver a través de los videos de las cámaras colocadas en el edificio donde fue golpeado el joven oriundo de Picún Leufú, cómo los agentes le pegan trompadas y patadas en el piso. Incluso se paran sobre su espalda, le pisan las piernas y lo arrastran por el hall del edificio. En uno de los videos, la prueba más irrebatible de la causa, se pueden ver tres escenas claves y diferenciadas: la primera en la que Facundo intenta salir del interior del edificio y es detenido por dos policías; la segunda, en la que llega otro grupo de policías que también golpea a Facundo, y finalmente una tercera donde interviene personal médico del SIEM (Sistema Integrado de Emergencias Médicas).

El video, por donde se lo mire, es una oda a la violencia institucional. Prácticamente todas las personas presentes tuvimos que mantener la respiración en varios fragmentos del mismo. Sin embargo, nunca imaginamos ver también a un enfermero pateando en el piso a Facundo. “¡Hasta el enfermero lo patea!”, soltó entre lágrimas uno de los familiares de Facundo al presenciar estas imágenes reveladoras. Facundo Agüero hoy se encuentra en un estado irreversible; no puede hablar, ni siquiera puede expresarse en una hoja de papel en blanco. Es en este contexto de violencia obscena en donde es necesario pronunciar una vez este interrogante que no intenta interpelar sólo a los 4 policías comprometidos, ni concluir en su responsabilidad aislada de las demás capas jerárquicas de la institución: ¿el comportamiento de los agentes se trata de un exceso particular y aislado, o es parte de un accionar que nace de una filosofía presente en la institución policial y destinada a ser ejecutada sobre el cuerpo de un grupo determinado de personas?

Introducción

Durante la primera audiencia cada una de las partes leyó sus alegatos de inicio, se presentaron 4 testigos –entre ellos el conserje–, una vecina del edificio donde fue golpeado Facundo y dos policías que intervinieron en la causa. El último de los policías en declarar tendrá que continuar con su exposición en la segunda audiencia, en la que también declarará el enfermero que pateó en el piso a Facundo. Parados en este punto y haciendo una proyección a futuro, antes de comenzar con cada uno de los capítulos de la crónica, se presentan nuevos interrogantes: ¿por qué el enfermero es testigo y no uno más de los imputados? ¿Se abrirá un nuevo proceso judicial por su accionar?

Kiñe | Uno

Alegatos de inicio de la fiscalía: “El estado de Facundo Agüero hoy se debe básicamente al accionar policial”

La primera en presentar los alegatos de inicio fue la fiscal Valeria Panozzo, quien se enfocó específicamente en la escena dentro del hall del edificio ubicado en Periodistas Neuquinos de la ciudad de Neuquén. Panozzo comenzó diciendo y haciendo foco en el accionar de Escudero y Rubilar:

“Transcurridos unos minutos llega al lugar el refuerzo solicitado entre los cuales se encontraba Escudero Pablo José. Estando Agüero boca abajo, Escudero le patea la cabeza en dos oportunidades. Una vez esposado se arrodilla arriba de su cuerpo, a la altura de las cervicales. Finalmente lo tomó de los miembros superiores con posición obligada boca abajo y lo arrastra por el piso. Esta compresión cervical prolongada, mecanismo compresivo cervical con compromiso vascular y respiratorio; mecanismo respiratorio restrictivo, sujeción mecánica con ambos miembros superiores conjuntamente con posición obligada boca abajo con sobrecarga de peso, sobre cavidad torácica le causó a Agüero un cuadro de encefalopatía hipóxica–anóxica que produjeron una enfermedad mental y corporal incurable. Mientras Escudero agredía físicamente a Facundo Agüero, el oficial principal Rubilar Juan Alberto, oficial de servicio el día del hecho, en ejercicio de sus funciones, presenció la escena y omitió hacer cesar la agresión desplegada por su subalterno”.

La fiscal Valeria Panozzo leyendo sus alegatos de inicio, mientras el abogado Gustavo Lucero y unos de los imputados la observa detenidamente. Foto Gustavo Figueroa

El relato de la fiscal fue contundente, concreto y sintético. Comenzó describiendo los hechos, luego se refirió al estado actual de Facundo, indicó la relevancia de los testigos y detalló la calificación penal que le corresponde a los 4 imputados:

“Los hechos así descritos fueron calificados por este Ministerio Público Fiscal que conjuntamente con la querella en el caso de Mardones Vasquez Romualdo como constitutivo del delito de vejaciones en concurso ideal, con el delito de lesiones leves, previsto y reprimido en el artículo 144 bis, inciso segundo, 89, 55 y 45 del Código Penal. En el caso de Medina Lucas Ezequiel como constitutivo del delito de vejaciones, artículo 144 bis, inciso 2 y 45, en la calidad de coautor. En el caso de Escudero Pablo José como constitutivo del delito de vejaciones en concurso ideal con lesiones gravísimas previsto y reprimido en el artículo 144 bis, inciso 2, artículo 91, artículos 55 y 45, es decir en calidad de autor. Y en el caso de Juan Alberto Rubilar como constitutivo del delito de: vejaciones  en concurso ideal con lesiones gravísimas, en comisión por omisión previsto y reprimido en el artículo 144 bis, inciso 2, 91 55 y 45 del Código Penal; es decir, también en calidad de autor.”

Para concluir la fiscal Valeria Panozzo mencionó las teorías que intentó imponer la policía, relatos que dentro de los casos de violencia institucional son recurrentes, intentando determinar a la víctima como victimario de sí mismo.

“Sobrevolaron distintas teorías. Primero se habló sobre que Facundo Agüero y el estado de Facundo Agüero tenia que ver con una caída de un paredón de 4 metros. La fiscalía va a acreditar a partir de un video que Facundo nunca cayó, simplemente lo saltó; que Facundo Agüero había intentado robar un perfume en una perfumería y que a partir  de ahí se inicia una persecución. ¡Facundo Agüero compró ese perfume! Sobrevolaron también teorías de que su estado de salud se debía al consumo de cocaína. Efectivamente dio positivo el consumo de cocaína en el ingreso al hospital, pero eso no es la causa del Estado de salud de Facundo Agüero. El estado de Facundo Agüero hoy se debe básicamente al accionar policial”.

Epu | Dos

Alegatos de inicio de la querella

La querella, representada por el abogado Emiliano Saavedra, mantuvo la acusación de lesiones graves y gravísimas contra los 4 policías imputados. Indicó nuevamente que el accionar de la policía produjo un mal irrecuperable, e hizo mención de que Facundo llevaba 3 meses en Neuquén y que trabajaba como repositor en un supermercado Coto. La presentación del abogado de la familia de Facundo fue breve y dirigió una crítica directa hacia el accionar de la institución policial, aunque su acusación no se alejó jurídicamente de lo propuesto por la fiscalía.

Küla | Tres

Alegatos de inicio de la defensa

Dos de los cuatro abogados defensores de los agentes (Medina, Escudero y Mardones) se abstuvieron de exponer la teoría del caso, en tanto que Gustavo Lucero y Daniela Ossa indicaron que su defendido Juan Alberto Rubilar era la persona a cargo del operativo, pero que era necesario comprobar verdaderamente si éste había estado en el momento de la agresión que propinaron los subalternos que él dirigía. Más tarde, durante el testimonio de uno de los agentes encargados de supervisar los videos de las cámaras, se pudo ver cómo Rubilar pasa por detrás de la escena del pasillo en donde un grupo de policías mantenía esposado y boca abajo a Facundo Agüero. También los abogados defensores hicieron referencia al estado de exaltación del joven, “como dato esencial para contextualizar este operativo”, en tanto que Gustavo Lucero dirigió toda la atención a la fiscalía, ya que es ésta la que debe mantener, según sus palabras, un deber de objetividad en la causa, como es esta fiscalía también la encargada de probar la acusación que expone.  “No existen pruebas que comprometan a Rubilar”, resumió a modo de cierre Lucero.

Los tres agentes y el oficial de la comisaría primera de Neuquén se mostraron preocupados cuando se reprodujo el vídeo que los compromete. Foto Gustavo Figueroa

Meli | Cuatro

Los testigos

Durante la primera audiencia, como ya adelanté, dieron su testimonio cuatro testigos. El primero de ellos, el conserje del edifico, reconoció que fue él quien llamó a la policía, que vio como un hombre intentaba entrar por un portón de blindex del edificio y luego saltaba un paredón, para concluir en un patio interno del establecimiento. El conserje reconoció haber visto cuándo llegó la policía, pero no pudo hacer ningún aporte en cómo redujeron a la persona que estaba en el patio; mucho menos vio cuando ésta era agredida por los agentes de la policía de Neuquén. Por otro lado la segunda testigo, una vecina del edificio, indicó que escuchó una discusión y que después esa discusión fue subiendo de tono: “Escuché cómo alguien se quejaba. ‘¡Ay! ¡Ay!’, decía. Luego esa misma persona gritaba: ‘¡No me maten! ¡No me maten! ¡Quiero vivir! ¿No tienen familia ustedes?’” La testigo aseguró que en un primer momento se mantuvo en su departamento, pero que después cuando el tono subió de volumen intentó bajar por las escaleras y ver qué era lo que estaba pasando. Fue en las mismas escaleras donde se cruzó con un agente que le recomendó que volviera a su casa porque estaban reduciendo a una persona. Ella lo hizo. Más tarde dos agentes se acercaron para tomarle declaración como testigo. “Insistían con preguntarme si lo había visto al hombre. Yo le respondí varias veces que no, pero ellos insistían, incluso querían tomarle unas fotos para ver si yo lo reconocía. Les dije que iba a ser al vicio porque yo no lo vi. Luego vi como sacaban a una persona toda desfigurada, llena de sangre”.

Kechu | Cinco

El testimonio de los dos policías

El primer policía en declarar fue uno de los agentes en analizar los videos de las cámaras presentes dentro del edificio ubicado en la calle Periodistas Neuquinos de la ciudad Neuquén. Concretamente este agente indicó que analizó detenida y repetidamente dos videos incorporados a la causa. En el primero Facundo Agüero salta un paredón y en el segundo se lo ve intentando salir del edificio a través de la puerta de entrada del mismo. Es en este hall de entrada donde se puede ver a la policía golpear a Facundo. Las imágenes son concretas e innegables. Incluso ambos policías reconocen el accionar de sus colegas, pero este primer agente indica que Facundo estaba fuera de sí y que tiraba patadas para todos lados. Este testigo indica, incluso, que Facundo patea a una de las oficiales presentes. Luego en el vídeo se puede ver cómo la mujer policía se para sobre las piernas de Facundo para aparentemente intentar, con este método particular, detener el movimiento de las piernas del joven, que las movía desesperadamente. Ambos agentes omiten también mencionar que uno de sus colegas se para sobre la espalda de Facundo durante unos 20 segundos. Ambos agentes omiten datos y no son específicos. Incluso el segundo testigo duda varias veces en su relato y no puede responder preguntas sencillas, o responde cosas que nadie le preguntó. “Una cosa es lo que se ve en el video y otra cosa es lo que pasó en realidad”, soltó sin que nadie le haya preguntado sobre esta distinción. “Yo no le estoy preguntando por el video, le estoy preguntando por lo que usted vio”, le indicó la fiscal Valeria Panozzo. La respuesta fue esquiva e inconclusa. Finalmente este último testigo no terminó su testimonio, pero sí pudo reconocer a todos sus colegas presentes en el video: desde el que lanza una trompada al rostro de Agüero, hasta el que lo patea en el piso.

Uno de los testigos, al finalizar la primera audiencia, mostrando las cuatro hojas (machete) a los abogados defensores. Foto Gustavo Figueroa

Es importante dibujar un cuadro de situación con este testigo, dado que su testimonio excede su propia versión y la veracidad de su relato: en primer lugar a este testigo se lo notó confuso durante toda su exposición (parcial). En segundo lugar, fue este testigo el que introdujo la versión de que Facundo Agüero estaba armado con un cuchillo: “decían que tenía un cuchillo; decían que andaba robando”. En tercer lugar, y durante un cuarto intermedio, se pudo ver a este mismo testigo con cuatro hojas escritas a mano que se ocupó de leer, como así también se lo pudo ver enviando mensajes al celular de Gustavo Lucero. Por último, y en cuarto lugar, luego de finalizar la audiencia el testigo lo buscó a Lucero en la calle y le volvió a hacer preguntas sobre esas hojas blancas, como si alguna de las partes del guión no le hubieran quedado claras.

Adelina Rivas (mamá de Facundo Aguero), dando una conferencia de prensa, antes de ingresar a la primera audiencia del juicio. Foto Gustavo Figueroa

Kayu | Seis

Los interrogantes

¿De qué escapaba Facundo antes de entrar al edificio? ¿Por qué corría desesperadamente? ¿A partir de qué hecho en concreto los agentes decidieron complotar en conjunto para inventar la teoría de que Facundo fue su propio opresor? ¿Por qué un enfermero del SIEM se toma el permiso de golpear en el suelo a Facundo? ¿Este comportamiento lo tendrían con cualquier persona? ¿Por qué había tanto empeño y se ocuparon tantas fuerzas para detener a un joven desarmado? ¿Cuál es el simbolismo oculto dentro del escenario donde realizaron la agresión en contra de Facundo? ¿Este tipo de comportamiento es aplicable en cualquier parte de la ciudad y en contra de cualquier persona? Facundo Agüero hoy se encuentra en un estado irreversible; no puede hablar, ni siquiera puede expresarse en una hoja de papel en blanco. Es en este contexto de violencia obscena en donde es necesario pronunciar una vez más este interrogante que no intenta interpelar sólo a los 4 policías comprometidos, ni concluir en su responsabilidad aislada de las demás capas jerárquicas de la institución: ¿el comportamiento de los agentes se trata de un exceso particular y aislado, o es parte de un accionar que nace de una filosofía presente en la institución policial y destinada a ser ejecutada sobre el cuerpo de un grupo determinado de personas?

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