Tenemos la intención de reavivar la atención al Tratado para la Prohibición de las Armas Nucleares haciendo público este proyecto de ley diseñado por los abogados de IALANA (Asociación Internacional de Abogados contra las Armas Nucleares), como Lau y Giangiacomo, que algunos parlamentarios podrían hacer por su cuenta.

En esta era «nuclear», estamos en un nivel absurdo. Dos o más estados, por la razón que sea, entraron en guerra entre sí usando armas nucleares, recordemos que hay 9 que las poseen, involucrarían en ello, inevitablemente a TODOS los demás estados con sus ciudadanos. ¿Es esto correcto, normal, lógico, «conveniente»? Por eso, en interés general de todos los ciudadanos del mundo, esta prohibición sería apropiada. Incluso si los estados nucleares y sus aliados no han firmado tal dispositivo, incluyendo a nuestro país, que entraría en funcionamiento con la ratificación de al menos 50 Estados. Ratificación que podría ser el punto de partida para iniciar conversaciones con los estados que no firmaron previamente. Entre ellos hay algunos que conocen el riesgo de una guerra nuclear y la denuncian públicamente, pero, tal vez, para no parecer «débiles» aceptan una «confrontación» anti-histórica y destructiva con otros Estados, quizás pensando que después de un tiempo se puede empezar de nuevo. Pero estamos en tiempos nucleares, las explosiones que ocurren en el Sol las hemos traído a la Tierra. Antes, eso no existía.

Giuseppe Bruzzone


PROPUESTA DE LEYES

por iniciativa de los diputados

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Ratificación y aplicación del » treaty on the prohibition of

nuclear weapons” Tratado de las Naciones Unidas sobre la Prohibición de las Armas Nucleares, firmado en Nueva York el 20 de septiembre del 2017 y por el que se delega en el Gobierno para su aplicación

Presentada en …

¡Colegas honorables!

El tratado sobre la prohibición de las armas nucleares, o tratado de interdicción de las armas nucleares, es el primer tratado internacional jurídicamente vinculante para la prohibición completa de las armas nucleares, haciéndolas ilegales, en el camino hacia su eliminación completa. Fue aprobado por una conferencia de las Naciones Unidas el 7 de julio de 2017 y abierto a la firma en Nueva York el 20 de septiembre de 2017,

De acuerdo con las instrucciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptadas en diciembre de 2016, las negociaciones para el tratado comenzaron en las Naciones Unidas en Nueva York en marzo del 2017 y continuaron del 15 de junio al 7 de julio del mismo año.

Los países que han participado acreditados son 129, 7 organizaciones internacionales incluyendo la Unión Europea y la Cruz Roja Internacional, muchas organizaciones no gubernamentales (entre las cuales está la Campaña Internacional para la Abolición de las Armas Nucleares). De los 195 posibles Estados participantes (193 miembros de las Naciones Unidas, más el Estado del Vaticano y Palestina), 66 no participaron formalmente en las negociaciones. Entre estos se distinguen a todos los estados que poseen armas nucleares (Estados Unidos, Rusia, Reino Unido, Francia, China, Israel, India, Pakistán y Corea del Norte) y a los estados de la alianza que incluyen la disuasión nuclear en sus políticas militares, como los estados de la OTAN (excepto los Países Bajos), Corea del Sur, Japón y Australia.

El 7 de julio de 2017, 124 países participaron en la votación sobre el texto final del Tratado, con 122 votos a favor, un voto en abstención (Singapur) y uno en contra (Países Bajos).

Italia, como parte contratante del Tratado de No Proliferación, está obligada, según su artículo VI, a concluir lo antes posible una convención para el desarme nuclear mundial bajo un control internacional estricto y efectivo (Tribunal Internacional AO 8.7.1996).

El nuevo Tratado sobre la Prohibición de las Armas Nucleares estuvo disponible a la firma de todos los Estados en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York el 20 de septiembre del 2017. Entre el 20 y el 22 de septiembre fue firmado por 70 Estados, de los cuales 22 (Austria, Cuba, Guyana, México, Palau, Palestina, Tailandia, Venezuela, Vietnam, Vanuatu, Uruguay, Sudáfrica, San Marino, Samos, Santa Lucía, Nicaragua, Nueva Zelanda, Gambia, El Salvador, Costa Rica e Isla Cook) también lo ratificaron inmediatamente. Según el artículo 15, entrará en vigor 90 días después del depósito del quincuagésimo instrumento de ratificación.

PROPUESTA DE LEYES

Art. 1.

(Ratificación del Tratado).

El Presidente de la República está autorizado a ratificar el » «Tratado de las Naciones Unidas sobre la Prohibición de las Armas Nucleares» (treaty on the prohibition of nuclear weapons), hecho en Nueva York el 20 de septiembre del 2017 y publicado posteriormente en español, francés, inglés y ruso.

Art. 2.

(Orden de ejecución).

El Tratado se ejecutará plena y completamente a partir de la fecha de su entrada en vigor, de conformidad con el artículo 15 del mismo tratado.

Art. 3.

(Entrada en vigor).

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.

 

 


Traducción: Ana Gabriela Velásquez Proaño