Por Alejandro Torres Rivera.-
El 11 de marzo de 2018 se efectuó en Cuba la segunda etapa de su proceso electoral donde fueron elegidos 605 diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular. Con la constitución de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular, se procedió a la selección del Consejo de Estado, incluyendo la elección del nuevo presidente, posición a la cual fue elegido el 19 de abril quien hasta entonces ocupaba la Primera Vicepresidencia, Miguel Díaz-Canel Bermúdez.
Comentábamos entonces que entre las tareas que vendría obligado a abordar en el siguiente quinquenio el nuevo presidente cubano, estaría la revisión de su Constitución de 1976. Esta fue redactada y aprobada en momentos en que aún existía el llamado Campo Socialista y el modelo de socialismo en Cuba, en algunos aspectos, se asimilaba a patrones heredados de la extinta Unión Soviética y algunos países dentro mencionado Campo Socialista. No pensábamos al momento de escribir una reflexión sobre la elección de Díaz-Canel como presidente de la República de Cuba, que tan pronto como el día 2 de junio de 2018, en un discurso pronunciado en una Sesión Extraordinaria de la IX Legislatura, el nuevo presidente cubano estaría proponiendo la presentación en los próximos meses del Anteproyecto para una nueva Constitución de la República.
La Constitución de la República de Cuba de 1976 fue reformada de manera parcial en los años 1992 y 2002. Incidió en los cambios la desaparición de la Unión Soviética, del Campo Socialista y la situación generada en el país a partir del llamado Período Especial.
Cuando Díaz-Canel hizo el anuncio de la convocatoria a reformar la Constitución vigente, designó una Comisión encabezada por el General de Ejército Raúl Castro Ruz, quien junto a otras 32 personas tendrían a su cargo la redacción el Anteproyecto de una nueva Constitución. Entre los designados a esta comisión especial se encontraban importantes figuras como José Ramón Machado Ventura, Segundo Secretario del Comité Central del PCC; Teresa María Amalelle Boué, presidenta de la Federación de Mujeres de Cuba y miembro del Buró Político del PCC; Ulises Guilarte de Nacimiento, Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba; diversos integrantes del Comité Central del PCC y del Consejo de Ministros, el presidente de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños; el Coordinador nacional de los Comités de Defensa de la Revolución; académicos, juristas e intelectuales; funcionarios de gobierno; periodistas, especialistas, jóvenes y técnicos, entre otros.
La nueva Carta Magna, según fue concebida, tendría que incorporar modificaciones que se ajustaran a las medidas adoptadas por el Partido Comunista de Cuba en sus Congresos VI y VII, así como en su Primera Conferencia Nacional.
De acuerdo con un artículo publicado en la página electrónica www.cubadebate.cu de fecha 14 de julio de 2018, bajo el título Conozca los aspectos principales del Anteproyecto de nueva Constitución, se indica que el documento “reafirma el carácter socialista” del sistema económico, político y social prevaleciente en Cuba; así como el papel rector que históricamente le ha correspondido al Partido Comunista de Cuba “como fuerza dirigente superior de la sociedad y el Estado”. El Anteproyecto, surgido a partir de lo que dispone el actual artículo 137 de la Constitución relativo al proceso para modificar la misma, consta de un Preámbulo; 224 artículos, divididos en 11 títulos; 24 capítulos; y 16 secciones, los cuales dicho sea de paso, modifican 113 de los artículos vigentes, añade otros 87 y elimina 11.
Si bien los fundamentos políticos del Estado cubano permanecen como están configurados al presente, el documento, a la par que se propone preservar los grandes logros alcanzados por la Revolución, incorpora la aspiración de los cubanos a un desarrollo sostenible que asegure a la ciudadanía la prosperidad individual y colectiva, ello con miras a alcanzar mayores niveles de equidad y justicia social. El documento ratifica el derecho al acceso gratuito a la educación desde la enseñanza preescolar hasta la universitaria de pregrado, delegando en el proceso legislativo la manera en que tal derecho será instrumentado. También destaca el acceso gratuito a la atención, protección y recuperación de los servicios de salud. Destaca también la obligación por parte del Estado, la sociedad y las familias en la protección de los llamados “adultos mayores” y en la atención de los incapacitados para alcanzar su rehabilitación y el mejoramiento de su calidad de vida.
El Estado, sus órganos, directivos, funcionarios y empleados tienen bajo el Anteproyecto la responsabilidad por respetar y atender los reclamos de la población, manteniendo vínculos estrechos con el pueblo, quedando sometidos a su control.
En lo concerniente a los aspectos económicos, EN EL ANTEPROYECTO SE RECONOCEN TRES TIPOS DE PROPIEDAD: ESTATAL, COOPERATIVA Y PRIVADA. INDICA EL DOCUMENTO QUE EL SUJETO PRINCIPAL DE LA ECONOMÍA SON LAS EMPRESAS ESTATALES. En cuanto a los medios de producción fundamentales, sin embargo, a pesar de que destaca el carácter socialista de éstos, toma en consideración la nueva conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo y los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, previamente aprobados. El documento reconoce, no obstante, el papel del mercado y la propiedad privada en la economía cubana. Sobre la tierra, el Anteproyecto mantiene el mismo régimen de propiedad privada que se mantiene al presente “con limitaciones para su transmisión y derecho preferente el Estado en su adquisición mediante su justo precio”. El Anteproyecto, como ha sido en Cuba desde la década de los años ochenta del pasado siglo cuando se aprobó la primera ley en torno a la inversión extranjera con garantías a los inversionistas, promueve la misma a los fines de facilitar el desarrollo económico del país.
En el plano del ejercicio de los derechos individuales de los ciudadanos frente al Estado, el Anteproyecto destaca el reconocimiento del derecho al debido proceso; a la presunción de inocencia; al derecho de los ciudadanos privados de libertad a la reinserción social; el derecho de los ciudadanos a ser tratados con respeto a su dignidad e integridad física y moral; así como el derecho a ser procesado ante un tribunal competente, independiente, imparcial y preestablecido mediante legislación. Igualmente, se reconoce el derecho de los ciudadanos a radicar, a escala municipal, peticiones para llevar a cabo consultas populares en asuntos de particular interés de la localidad; el derecho de la población a someter propuestas de análisis en asambleas; y lo relacionado a la atención de solicitudes, procesamiento de quejas y denuncias hechas por la ciudadanía.
En materia religiosa, el Anteproyecto reitera la condición del Estado como uno seglar, donde los ciudadanos tienen el derecho a profesar la religión de su preferencia y el derecho a no profesar creencias religiosas. Un importante paso al desarrollo de la personalidad de cada cubano o cubana, es el rechazo a todo tipo de discrimen por razón de género, origen étnico y discapacidad. Los derechos de las personas sólo podrán estar limitados por los derechos de los demás, por la seguridad colectiva, por el bienestar general, el respeto al orden público, la ley y la Constitución.
El Anteproyecto de Constitución dispone, también, lo relacionado con las obligaciones del ciudadano en materia de gasto público; el resguardo del respeto a las autoridades y sus agentes; y la conservación y protección de los bienes y recursos al servicio del pueblo.
En cuanto a las estructuras políticas del Estado, la Asamblea Nacional del Poder Popular mantiene su condición de órgano supremo y única instancia con poder constituyente y legislativo. El Consejo de Estados es electo por la Asamblea Nacional del Poder Popular, donde su Presidente, Vicepresidente y Secretario, a su vez, forman parte del Consejo de Estado. Bajo la nueva Constitución, se crea el cargo de Presidente y Vicepresidente de la República; el primero considerado como Jefe de Estado, con un mandato de cinco años y con derecho a una reelección por un término similar, el cual no podrá contar con más de 60 años al momento de su primera elección.
El Consejo de Ministros sería el principal órgano ejecutivo y administrativo, el cual estará dirigido por el nuevo cargo de Primer Ministro. Se crean, además, con rango constitucional, los cargos de Contraloría General de la República y el Consejo Electoral Nacional. Se eliminan las Asambleas Provinciales del Poder Popular y en su lugar se crea un Gobierno Provincial, compuesto por un Gobernador y un Consejo Provincial conformado por los presidentes de las asambleas municipales seleccionados a un término de cinco años y los “intendentes”. Estos últimos son la figura que representa a la persona que dirige el Consejo de Administración Municipal. Se amplían, además, las competencias de los municipios, reconociéndoles una mayor autonomía en sus gestiones.
En el plano de la política exterior y relaciones internacionales, el Anteproyecto ratifica en el plano constitucional, lo que ha sido en el plano de la real política, los principios por los cuales se ha guiado históricamente la política exterior de Cuba: independencia, soberanía y no injerencia. El documento incorpora además, precisamente a partir de las propias experiencia de Cuba en el plano internacional, otros importantes principios como son “la promoción del respeto al derecho internacional y a la multipolaridad entre los Estados; el repudio a toda forma de terrorismo, en particular el terrorismo de Estado; el rechazo a la proliferación y uso de armas nucleares, de exterminio en masa u otras con efectos similares; la protección y conservación del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático’, así como defender la democratización del ciberespacio y su condena en cuanto a su uso con fines subversivos y para desestabilizar a naciones soberanas.
Finalmente, el Anteproyecto de Constitución dedica un título a la seguridad del Estado. Crea el Consejo Nacional de Defensa como órgano superior del Estado para la conducción del país en casos de desastres naturales y situaciones de excepción. En el documento se eleva a rango constitucional la doctrina de defensa basada en la “guerra de todo el pueblo”; y desarrolla lo concerniente a la Defensa y Seguridad Nacional.
La irrevocabilidad del socialismo y el sistema político, económico y social de Cuba, junto con la absoluta prohibición de negociar bajo la amenaza, agresión o coerción por parte de una potencia extranjera son conductas que quedan totalmente prohibidas por la Constitución.
A partir del momento en que fue aprobado el Anteproyecto por parte de la Asamblea Nacional del Poder Popular, da inicio otra etapa en el proceso de ratificar el documento. En adelante, el proceso incluirá la discusión en todo el país del documento; una eventual consulta popular a los fines de ratificar el mismo; y luego, otra consulta donde los ciudadanos manifiesten su autorización para poner en vigor la nueva Constitución. Una vez el proceso concluya, le corresponderá al Estado la revisión de importantes aspectos, tanto dentro del Código Civil y de Familia, como del Código Penal y algunas leyes especiales, para atemperar las mismas al nuevo estado normativo y constitucional de la República de Cuba.
El documento es el reflejo el largo camino iniciado por el General del Ejército Raúl Castro Ruz tras haber asumido la responsabilidad, luego de la enfermedad del Comandante en Jefe, Fidel Castro Ruz, de imprimirle su particular dirección al Partido Comunista de Cuba y al Consejo de Estado y Ministros. Bajo esta dirección, se introdujeron importantes cambios en las estructuras políticas, económicas, comerciales y sociales en Cuba, ajustando su modelo socialista a nuevas condiciones tanto a nivel interno como a nivel internacional. Dentro de esta realidad, en Cuba se ha producido no sólo un cambio de timón generacional en la conducción del proceso revolucionario, sino que hoy, Cuba se encuentra atemperando en el plano jurídico las transformaciones que en los planos económicos y sociales ha venido llevando a cabo bajo la dirección del Partido Comunista. La nueva constitución, ciertamente, dotará al país de un importante instrumento para continuar adelante su agenda transformadora.
*Alejandro Torres Rivera, Presidente del Colegio de Abogados/as de Puerto Rico, miembro de Ojos Para la Paz, organización que remite el artículo para Pressenza.