Ante el delicado estado de salud del Machi Celestino Córdova, quien se encuentra en huelga de hambre desde el pasado 13 de enero, el Observatorio Ciudadano envió una comunicación urgente a la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre derechos de los pueblos indígenas, Victoria Tauli-Corpuz, con copia a la Relatora Especial de la ONU sobre la promoción y la protección de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, Fionnuala Ní Aoláin; el Relator Especial de la ONU sobre defensores de derechos humanos, Michel Forst; y el Relator sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad de la Comisión Interamericano de Derechos Humanos, Joel Hernández.
La autoridad ancestral mapuche, único condenado en el caso Luchsinger-Mackay, ha mantenido por más de 80 días esta huelga ante la negativa de Gendarmería de Chile de acceder a la solicitud formulada a mediados de 2017 para que se autorice su salida de la cárcel, con todas las medidas de seguridad necesarias, para acudir a su comunidad por un lapso de 48 horas a fin de realizar una ceremonia religiosa necesaria para cumplir su función de Machi, y mantener su equilibrio espiritual y estado de salud.
Gendarmería de Chile no ha accedido a dicha solicitud argumentando, a través de una interpretación restrictiva del Reglamento Penitenciario, que no estarían autorizadas este tipo de ceremonias y las dificultades que representaría la disposición de un operativo de seguridad como el requerido.
Al respecto, cabe señalar que la ceremonia de cambio de rewe planteada por el machi Celestino Córdova reviste elementos culturales y religiosos que se encuentran reconocidos en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, tales como el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, y la Declaración de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas.
La comunicación urgente busca que las relatorías requieran información al gobierno sobre los hechos denunciados, y que se realicen las gestiones necesarias ante Gendarmería tendientes a que se autorice la realización de la ceremonia solicitada por el machi.