Propósito 2018: Garantizar el Derecho a la Movilidad Humana
Para las diferentes organizaciones, colectivos y personas naturales, que trabajan por el derecho de los migrantes a una Ley de Movilidad Humana justa y digna, el 2017 se fue con la ilusión de que los organismos gubernamentales, definan como propósito de nuevo año el derribar barreras injustas que deben sortear a diario las personas migrantes y que las leyes sean desarrolladas y aplicadas para defender uno de los Derechos Humanos básicos, como es el de la Libre Movilidad.
El Servicio Jesuita a Refugiados (SJR), la Clínica Jurídica de la Universidad San Francisco de Quito y distintos abogados independientes, interpusieron en la Corte Constitucional, una demanda de inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Movilidad Humana (LOMH), contra 18 Artículos de dicha Ley, en los que destacan el Art. 3, numeral 1 y el Art. 42, que utilizan términos como “condición migratoria” y “persona extranjera”, respectivamente, mismos que vulneran el principio de igualdad y no discriminación por condición migratoria.
Para Fernando López, Director Nacional de SJR, la Asamblea Nacional, en un intento por articular normas que se encontraban dispersas, armaron una Ley que, en la aplicación local, se contradicen y restringen derechos que son reconocidos por Tratados internacionales y ecuatorianos; por esta razón, en su demanda, solicitan que ciertos artículos sean reformados y otros, eliminados.
Por otra parte a López le llama la atención que ya en el mes de octubre del año 2017 se presentó un informe sombra al Comité Interamericano de Derechos Humanos, mismo que hace un llamado de atención al gobierno ecuatoriano; además, organizaciones de retornados ecuatorianos se suman a los reclamos, ya que dichos artículos retroceden en la aplicación de derechos de quienes regresan al país, como de los que salen del mismo.
Ecuador es el país que mayor número de refugiados del conflicto armado colombiano ha acogido; actualmente, también ha crecido la cifra de migrantes de los países como Venezuela y Cuba, por lo que Fernando López considera que se debe hacer una reformulación participativa de la Ley, potenciar los espacios ganados en cuanto a educación y formación sobre la LOMH. Añade que existe un gran desconocimiento por parte de la sociedad sobre Movilidad Humana; aspectos como las cifras, las razones que tienen las personas para migrar y la tendencia a generalizar de manera negativa a quienes migran.
En cuanto a datos, organizaciones como el SJR, en 17 años han ayudado en forma directa a un promedio de 17 mil personas para que regulen su situación en el país y a 30 mil de manera indirecta; a nivel general, el Estado ecuatoriano ha reconocido a 60.300 refugiados de entre 230.000 solicitudes, algunas de las cuales llevan hasta siete años en condición de estudio, a la espera de recibir su documento de refugiado; sin perder de vista que existe una cifra desconocida de migrantes sin registro.
Esa cifra desconocida de migrantes, crea un desconocimiento total de la situación en que esta gente salió de su país de origen, por lo que Fernando López nos llama a reflexionar que somos la misma especie, con el deber de ayudarse entre sí y no separarse por las diferencias culturales; debemos acoger, proteger, entender, integrar y desarrollar una actitud de acogida en la población, hacia los refugiados, “la Movilidad Humana es la esencia del desarrollo y la evolución de la población en el mundo”.