Por Ramiro Gómez
El asunto tiene que ver, como característica del caso particular de Venezuela, con la conformación del espacio público del debate político en la democracia venezolana, y más especialmente con lo que enseña la distinción kantiana sobre el uso privado y el uso público de la razón. Veamos, resumidamente, en qué consiste esa distinción. Se puede resumir esa distinción a través del papel que cumple un funcionario (del Estado o de una organización privada, un gerente) en la organización y en la sociedad. Veamos:
El funcionario está llamado a hacer uso privado de la razón en el cumplimiento de sus funciones propias en el espacio interno de la organización. El buen uso privado de la razón es el uso excelente de la razón instrumental; si se quiere, es el burócrata en el sentido que Weber otorgó a ese personaje como ejemplo prototípico del realizador de la dominación legal.
Es la persona que se maneja en los asuntos funcionales de la organización en estricto apego a la normativa legal que rige su labor, desempeñando, al mismo tiempo, la excelencia en las correcciones necesarias del arreglo del espacio de trabajo para hacerlo más eficaz y eficiente.
Ese mismo funcionario, en el espacio externo a la organización, es un ciudadano; como tal, está llamado, en ese espacio, a hacer uso público de la razón. Es en este llamado donde se enfrenta con la exigencia mayor. ¿Sobre qué temáticas puede expresar su razonamiento? En principio, sobre cualquiera, como todo ciudadano. Pero, el uso público de la razón, como todo uso de razón, le exige no dar meras opiniones sino, precisamente, razonar. ¿Cómo puede razonar cuando el tema es justamente su propia organización?
Pues bien, si no cumple con la condición de ser un funcionario excelente, es la persona mejor capacitada para hacer la crítica de la misma organización. ¿Qué quiere decir aquí crítica? No precisamente el razonamiento sobre los reacomodos internos de la organización, tema que exige de suyo el uso de la razón instrumental, es decir, lo que ya cumple en el espacio interno en la medida en que allí se desempeña como funcionario excelente. Se trata, más bien, de aportar razones en torno al debate sobre los fines mismos que cumple la organización.
Pero. ¿por qué habrá de criticar los fines de la organización donde él se desempeña de manera excelente? Pues bien, y este es el asunto central, porque actúa en ese momento en su condición ciudadana y, en consecuencia, el norte del uso de su razón se desplaza hacia al comprensión del sentido de lo que importa para todos, para lo público, para la sociedad íntegra.
Lo que preocupa, en el fondo, es la construcción del bien común y no los fines particulares que persigue una organización específica. Dicho de mejor modo, lo que importa en el uso público de la razón es el concierto armonioso del cumplimiento de los fines de todas las instituciones de la sociedad, especialmente de los poderes del Estado, dirigidas a la consagración del bien común.