Por Jhon Sánchez

Podría haber sido yo el que tuvo que enfrentarse a la deportación. Durante el tiempo en que solicité asilo, a menudo tenía pesadillas en las que escuchaba que se anunciaba mi nombre en una corte, “John Sanchez”; estaba esposado y me llevaban a mi país, donde unos soldados me arrojaban en un hoyo. Cuando estaba arañando la tierra para salir del agujero con mis propias manos, me despertaba. Ahora apenas puede imaginar cómo se sienten mis amigos cuando van a la escuela, cuando viajan al extranjero o cuando se les acerca algún policía. Como abogado, todo el tiempo escucho estas historias. Como amigo, temo por el bienestar de mis conocidos. Como ciudadano estadounidense naturalizado, estoy preocupado por lo que puede pasar en el futuro. Por todas estas razones, decidí entrevistar a María Mercedes Pabón, quien alguna vez me enseñó leyes de inmigración en la Universidad de Indiana. Ahora es profesora en el Loyola College of Law, en Nueva Orleans.

1) Profesora, las órdenes ejecutivas que firmó Donald Trump tienen diferencias con las políticas de inmigración de Obama, ¿puedes contarnos cuán diferentes son?

M.M.P. Son muy diferentes, porque durante el gobierno de Obama había una priorización, entonces los individuos sin ciudadanía que no eran criminales no eran objetivos de los procedimientos de deportación, como sí lo son actualmente. Bajo el gobierno de Trump, cualquier persona sin documentos se enfrenta a la eliminación (deportación), incluso los beneficiados por el DACA.

2) ¿es cierto que las políticas de inmigración de Obama, mediante las cuales se deportó a más de 2 millones y medio de personas, fundaron las bases de las políticas del nuevo gobierno?

M.M.P. Según yo lo veo, el único elemento de las políticas del gobierno de Obama que el gobierno de Trump está utilizando es la designación de países con prohibición de viajar.

3) Donald Trump habla de darle más flexibilidad y libertad de acción a los agentes de inmigración. Es imaginable que la usen para negar asilo. Sin embargo, los casos de asilo que sean rechazados por agentes de inmigración serán revisados por los jueces de inmigración.

M.M.P. Depende del tipo de caso. En los casos de deportación expedita, no será así.

4) Por supuesto, pero si de hecho los jueces revisaran los casos, ¿no cree que esta política obstruiría el sistema?

 

M.M.P. No la obstruiría si siguen ampliando la deportación expedita. Desafortunadamente, no hay una revisión judicial de esto.

5) ¿Puede explicarnos los conceptos de ciudad santuario, campus santuario y refugiarse en una iglesia como santuario?

M.M.P. Santuario es un término que realmente no está definido por la ley de inmigración. Es un concepto que se trata de la no cooperación con las autoridades de inmigración. Puede ser en una ciudad o en un campus. En las iglesias es un asunto distinto, porque existen políticas muy antiguas que prohíben los procedimientos de los agentes de inmigración en las iglesias. Es más, las iglesias santuario son un concepto muy antiguo. En cuanto a los estados y las ciudades, el nuevo gobierno ha amenazado con retirar el dinero público de estas ciudades llamadas santuario. Hace poco, una corte federal de San Francisco se unió al gobierno en esta amenaza.

6) En su discurso al Congreso, Donald Trump habló de crear una nueva agencia gubernamental para víctimas de crímenes cometidos por inmigrantes. ¿Eso sería constitucional?

  1. M. P. Es una sección del Departamento De Seguridad Nacional. Se llama VOICE (víctimas de crímenes cometidos por inmigrantes, VOICE por sus siglas en inglés). No estoy segura de cuáles argumentos constitucionales se podrían presentar para cuestionarla.

7) También dice que los países como Canadá y Australia tienen un sistema de inmigración por mérito. ¿De qué se trata este sistema?

M.M.P. Otorgan un puntaje para darle prioridad a ciertos inmigrantes.

8) ¿Qué tipo de sistema de inmigración tenemos en Estados Unidos?

M.M.P. Nuestro sistema le da importancia a una combinación de familia y empleo, con una pizca de diversidad y sentimiento comunitario.

9) Inmigración tiene una gran lista de espera de peticiones. ¿Ud. Cree que la gente que está en otros países esperando que se aprueben sus visas tiene razones para temer que una nueva legislación alargue el proceso, o incluso que rechacen sus visas?

  1. M. P. Desafortunadamente, así es. Con las nuevas prioridades, además del escrutinio extremo de cada caso, puede que los procesos se alarguen. No estoy segura acerca de los rechazos porque no ha cambiado ninguna ley de inmigración. Sólo han sido actos ejecutivos.

10) Las políticas de inmigración de Estados Unidos tienen un precedente histórico de perjudicar a ciertos grupos de inmigrantes. Tuvimos la Acta de Exclusión de Chinos de 1882 y la Acta de Control de Inmigración de 1924 que intentó limitar la cantidad de inmigrantes italianos estableciendo cuotas para cada nacionalidad. ¿Es posible que pueda repetirse esa época oscura?

M.M.P. Desafortunadamente, es posible. Lo vemos en la orden ejecutiva que prohíbe la entrada de las personas provenientes de ciertos países de mayoría musulmana.

11) De 1929 a 1936, bajo el gobierno de Herbert Hoover, el gobierno federal junto a la jurisdicción local inició lo que se llama la repatriación de personas de origen mexicano. Según las estadísticas, alrededor de 2 millones de personas fueron deportadas, de los que más del 60% eran ciudadanos estadounidenses con ascendencia mexicana. ¿Deberíamos temer que pase algo similar hoy en día?

M.M.P. Desafortunadamente, sí. Las nuevas órdenes ejecutivas ordenan contratar muchos más agentes de inmigración de manera urgente.

12) Uno de los mecanismos que usó el gobierno fue hacer que las personas firmaran un documento llamado Repatriación Voluntaria, lo que parece ser muy parecido a la renuncia voluntaria a la tarjeta verde de las personas que firman el formulario I-407. ¿Hay algún recurso legal en contra de estos actos supuestamente “voluntarios”?

M.M.P. Es muy difícil deshacer los actos que tienen la apariencia de ser voluntarios. Es más fácil educar a las personas sin ciudadanía para que conozcan sus derechos y no firmen documentos sin saber qué es lo que están firmando. Para esto sirve mucho las campañas para que conozcan sus derechos.

13) Cuando inmigración te detiene en el puerto de ingreso, ¿Qué derechos tienes? ¿El derecho a permanecer callado? ¿El derecho de solicitar consejo legal? ¿El de la privacidad?

M.M.P. Esta área de la ley tiene muchos matices; depende de si la persona está en custodia o no, y de si hubo una búsqueda o no. Las investigaciones dependen mucho de cada caso. Como ocurren en la frontera, creo que las cortes son condescendientes con las acciones de los agentes de inmigración.

14) Según los medios de comunicación, el hijo de Mohamed Alí fue detenido e interrogado acerca de su religión cuando estaba intentando ingresar a los Estados Unidos, a pesar de que era ciudadano estadounidense. ¿Es legal que detengan a un ciudadano estadounidense, lo interrogan acerca de su religión o revisen su teléfono móvil en el puerto de entrada?

M.M.P. Estoy al tanto de este hecho. Revisa esta política del Departamento De Seguridad Nacional acerca del registro de ordenadores portátiles. También ahora se les entrega un documento a las personas a las que se les confiscan dispositivos.

15) ¿Qué opinas acerca de la última orden ejecutiva que prohibió la entrada de inmigrantes de seis países de mayoría musulmana?

M.M.P. Dos cortes federales se han opuesto a esta orden ejecutiva con argumentos constitucionales, incluso a la orden enmendada. Creo que estas cortes tienen razón.


María M. Pabón es experta en los derechos de los inmigrantes (incluyendo la educación de niños inmigrantes), leyes de inmigración y asuntos legales relacionados con la diversidad y multiculturalidad. También centra su investigación en temas relacionados con los latinos, la relación de la raza con la ley, y la posición de las abogadas mujeres. Ha publicado artículos acerca de temas como los derechos de los inmigrantes en los Estados Unidos, las leyes de inmigración de España, los trabajadores sin documentos en Estados Unidos y Argentina y el impacto de las enfermeras inmigrantes en el déficit de enfermeras en los Estados Unidos. Ha realizado investigaciones en los campos del derecho familiar y las leyes de herencia, y cómo se aplican a aquellos que no son ciudadanos estadounidenses. El 2013, Hispanic Business la nombró una de las 50 personas hispánicas más influyentes de los Estados Unidos. Ese mismo año, New Orleans CityBusiness la nombró la Mujer del Año, y la revista New Orleans Living la calificó como una de las mujeres latinas más innovadoras.

Jhon Sanchez: Originario de Colombia, el Sr. Sanchez inmigró a los EE.UU. buscando asilo político. Recibió el título de abogado en la I.U. y la maestría en la LIU. Actualmente el Sr. Sanchez es abogado y disfruta de los viajes y la cocina en su tiempo libre. El 2017 sus publicaciones han sido “The Vinegar Scent of Books,” disponible en Swamp Ape Review, “Acacia and the Thief of Names,” disponible en Existere y “A Cab Fare to John Lennon’s” disponible en la revista Foliate Oak Literary Magazine. Su obra ha sido nominada para la antología The Best of the Net Anthology 2016 y para el premio Pushcart Prize del 2015 y el 2016. También recibió el premio Newnan Art Rez Program para el verano del 2017.

 

Traducido del inglés por Emilio Stanton