Los Magistrados del Tribunal de tierras ordenaron la restitución de la tierra a los campesinos despojados a través de 24 sentencias. El total de la tierra suma 53.821 hectáreas; a ninguna de las empresas se les reconoció compensación en dinero al no cumplir con los requisitos que exige la ley sobre la buena fe exenta de culpa, la cual consiste en: primero, verificar que quien vende es el verdadero propietario; segundo, que la compra se hace en un precio justo; y tercero, que no hayan existido hechos de violencia que motivaron la venta.
En cuanto a las empresas mineras, la orden de los Magistrados consiste en suspender el estudio y trámite de exploración y explotación minera hasta tanto no se cumpla con la consulta previa requerida en territorios de comunidades indígenas.