Es por el proyecto de ley sobre «blanqueo de capitales» que, en su artículo 85, restringe el derecho a informar y a informarse sobre asuntos de interés público y relevancia institucional.
Ante el proyecto de ley elaborado por el Poder Ejecutivo Nacional sobre «blanqueo de capitales» que, en su artículo 85, restringe el derecho a informar y a informarse sobre asuntos de interés público y relevancia institucional, la Defensoría del Público expresa su profunda preocupación y rechazo ante cualquier medida que pueda limitar los derechos de quienes trabajan en los servicios de comunicación audiovisual y las audiencias.
Por tal motivo, en el día de la fecha, esta Defensoría envió una nota a legisladoras y legisladores del Congreso Nacional solicitando la urgente exclusión del artículo y la importancia de que asuman reflexivamente las responsabilidades que les asisten en la protección de la libertad de expresión, comunicación e información que los Tratados internacionales, la Constitución Nacional y las leyes vigentes garantizan.
En dicha nota, la Defensoría recordó que los tratados internacionales de Derechos Humanos con rango constitucional y los principios de protección de la libertad de expresión son la guía insoslayable que exige al Congreso Nacional tomar los recaudos más estrictos para analizar este tipo de proyecto de ley. También recordó que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, 26.522, reconoce a la información como un derecho y al público como sujeto con capacidad para exigir su cumplimiento. Por ende, cualquier restricción de la información de interés público vulnera los derechos de las audiencias.
Por otra parte, es necesario destacar que, el proyecto del Poder Ejecutivo elige la más gravosa opción respecto de la vigencia del derecho a la comunicación: recurrir a la vía penal, estableciendo para “terceros que divulguen o reproduzcan documentación o información de cualquier modo relacionado con las declaraciones voluntarias y excepcionales” penas de hasta dos años de prisión y sanción económica con multas de fuerte carácter inhibitorio, generando efectos disuasivos para la emisión de informaciones de interés público y relevancia institucional.
En consecuencia, además de limitar la libertad de expresión, este proyecto se convierte en una amenaza contra quienes trabajan en los medios de comunicación y en una lesión para las audiencias, lo que motiva un enérgico repudio por parte de esta Defensoría y la recomendación de no seguir atentando contra la libertad de expresión y opinión a través de este tipo de medidas.