El 20 de septiembre, tras seis años de trabajo, estos dos municipios llevarán adelante un referéndum para la aprobación de sus estatutos autonómicos.
Carla Hannover / La Paz para ¡lapublica!
De ganar el Sí, pasarán a administrarse a través de sus prácticas culturales, usos y costumbres. Quedan otros diez municipios que buscan su conversión autonómica, tres de los cuales esperan la asignación de recursos para llamar a referéndum, pues sus estatutos tienen declaración de constitucionalidad; el resto tiene pendientes la redacción y el consenso de sus normas.
La historia de los municipios de San Pedro de Totora (Oruro) y Charagua (Santa Cruz) podría dar un giro trascendental este 20 de septiembre, cuando se llevará adelante el referéndum para la aprobación de sus estatutos autonómicos. De ganar el Sí, estos dos municipios pasarían a tener condición de Autonomías Indígenas Originarias Campesinas (AIOC), es decir se administrarán a través de sus prácticas culturales, usos y costumbres. “Esta transformación en su forma de gobierno daría inicio a una nueva etapa en el país en lo que se refiere la gestión pública intercultural”, explica Marco Mendoza, coordinador de derechos indígenas de la Fundación Construir, quien los últimos seis años ha seguido de cerca estos procesos.
Los comunarios de San Pedro de Totora socializan su Estatuto Autonómico FOTO: Ministerio de Autonomías
“Si los pobladores aprueban estos estatutos, se vienen por lo menos entre 10 y 20 años de construcción del modelo”, advierte el experto, pues a partir de la aprobación de los estatutos autonómicos, tanto el estado boliviano como la cooperación internacional “tendrían que apostar por un programa Totora y un programa Charagua que impulsen en la viabilidad de sus modelos de autogobierno”.
Mendoza es optimista, pese a que sólo dos de los doce municipios que buscan la conversión autonómica están llegando al referéndum, pues detrás de esto hay todo un “arduo trabajo” realizado en el consenso, aprobación y reconocimiento constitucional de sus estatutos autonómicos. El resto de los municipios que se han quedado en camino desde 2009 son: Huacaya, Tarabuco y Mojocoya en Chuquisaca; Charazani y Jesús de Machaca en La Paz; Uru Chipaya, Pampa Aullagas, Salinas de Garci Mendoza, en Oruro; Chayanta en Potosí y elTerritorio Indígena Originario Campesino (TIOC), Raqaypampa.
“Lograr el consenso del Estatuto Autonómico y el posterior reconocimiento constitucional es una tarea por demás compleja”, argumenta Mendoza, pues se trata de un documento en el que se plantean todas las reivindicaciones políticas de la comunidad. A la vez, es un instrumento que brinda las herramientas de gestión y que responde diversas cuestionantes, por ejemplo, para los casos concretos: ¿cómo va a funcionar el estatuto en Totora o en Charagua?, ¿cómo va a funcionar su órgano ejecutivo? y ¿cuál va a ser su articulación con las comunidades?
El experto encuentra que implementar estos estatutos será una tarea delicada porque incluso luego de aprobados por el soberano se corre el riesgo de que se fragmente el poder en caso de que las comunidades busquen sus reivindicaciones. “Para que esto funcione, en algunos casos esas reivindicaciones tienen que postergarse en favor de la consolidación del modelo. En el caso de Santiago de Totora, 32 comunidades indígenas deben llevar adelante procesos de concesiones mutuas. Para que funcione el modelo, hay espacios en los que la democracia comunitaria debe expresarse, pero hay otros en los que se tiene que delegar la gestión del poder”.
En San Pedro de Totora, por ejemplo, viven alrededor de 5.000 habitantes, de los cuales el 93% se identifica bajo la matriz cultural aymara. “En este caso no tendría que haber ningún problema al consolidar la autonomía”. Sin embargo, el tema se torna más complejo con Charagua, donde si bien se tiene una fuerte identidad guaraní, es un territorio conformado también por menonitas, ganaderos, comerciantes y población urbana. “Lo que se ha vivido en Charagua los últimos años, en la búsqueda del consenso de su estatuto autonómico, ha sido un miniproceso constituyente”.
Sobre los estatutos de San Pedro de Totora y Charagua, Mendoza explica que para que estos documentos logren el reconocimiento constitucional han tenido que mantener el modelo colonial y republicano, principalmente en el caso del manejo de cuentas públicas. “Éstas se deben administrarse bajo términos de Hacienda. Sin embargo, en términos de democracia participativa y comunitaria, el modelo que plantea San Pedro de Totora está muy arraigado en su matriz cultural, que es la aymara, ya que plantea un espacio de participación que toma el modelo de la Sayaña. Este modelo implica la rotación del poder, por lo que no es posible que una autoridad repita su mandato”.
Sobre el resto de casos, Mendoza explica que llegar al consenso implica procesos mucho más complejos. Por ejemplo, el caso del municipio de Charazani, cuyas autoridades aún están en la búsqueda del consenso de su estatuto, es por demás complicado. “El municipio tiene un conjunto de pisos ecológicos donde conviven afros, interculturales, campesinos, callahuayas, mineros cooperativistas, transportistas y comerciantes, todos los cuales deben consensuar sus estatutos, lo que será difícil porque cada quien buscará reivindicar sus intereses”. De ahí que hay municipios que tendrán que vivir algo similar al proceso constituyente que se dio en Bolivia en 2009 y que finalizó con la aprobación de la actual Constitución Política del Estado. En cualquier caso, “los estatutos del resto de municipios tienen la misión de reflejar la identidad y reivindicaciones de cada comunidad para que podamos creernos el discurso de que somos un Estado Plurinacional”.
El proceso autonómico comenzó en 2009
Comunarios de Charagua, en Santa Cruz, durante la socialización de su Estatuto Autonómico FOTO: tomada de www.erbol.com.bo
El proceso autonómico está reconocido en los artículos 2 y 289 de la Constitución Política de Estado, que entró en vigencia el 7 de febrero de 2009. Se puso en marcha en agosto cuando el presidente Evo Morales promulgó el Decreto Supremo Nº 231, que establece los requisitos y procedimientos para la convocatoria y realización de referendo municipal de consulta para adoptar la condición de Autonomías Indígena Originario Campesinas.
Ese año, sólo 19 municipios, de los 339 del país, buscaron la conversión autonómica y de éstos, los de Huacaya, Tarabuco y Villa Mojocoya en Chuquisaca; Charazani y Jesús de Machaca en La Paz; Chipaya, San Pedro de Totora, Pampa Aullagas, Salinas de Garci Mendoza y Curahuara de Carangas en Oruro; Chayanta en Potosí; y, Charagua en Santa Cruz fueron habilitados para ir a referéndum, el resto fue inhabilitado porque no presentó los requisitos que solicitaba el Órgano Electoral Plurinacional.
De los 12 municipios, sólo Curahuara de Carangas es la excepción en cuanto a aprobación, debido a que “los conscriptos del Regimiento y Escuela de Andinismo 25 Tocopilla habrían votado por el No. En el resto de comunidades que conforman este municipio habría ganado el Sí”, informa Mendoza. Los 11 se sumaron al de Raqaypampa, que inició su conversión autonómica luego de la aprobación de la CPE, sin necesidad de referéndum, por estar reconocida como Territorio Indígena Originario Campesino.
Desde entonces, estos 12 gobiernos municipales son administrados por autoridades transitorias. Otros municipios que han logrado un consenso y declaración de constitucionalidad de sus estatutos son: Uru Chipaya, Mojocoya y Huacaya, ahora sólo esperan la asignación de recursos del Tribunal Supremo Electoral para convocar al referéndum. El resto aún trabaja en la elaboración y consenso de sus estatutos autonómicos. Sin embargo, la mayoría de estos municipios tiene estancado el proceso debido a que “en muchos casos son las mismas autoridades transitorias las que ponen trabas”, indica Mendoza.
¿Qué implica la conversión a Autonomía Indígena Originaria Campesina?
Esta conversión implica un cambio en la Organización Territorial del país, pues descentraliza la administración, con el fin de que los recursos económicos sean administrados más equitativamente en favor de las comunidades que conforman los municipios. “El actual modelo es republicano y no siempre toma en cuenta los intereses de los comunarios, es vertical y responde únicamente al Gobierno central, en cambio en este nuevo modelo las autoridades responden al Gobierno central pero también a los comunarios”, señala Mendoza.
Tras la aprobación de la CPE en 2009, Bolivia se divide administrativamente en departamentos, provincias, municipios y territorios indígenas originarios campesinos, estos últimos tienen el mismo rango que el resto. También implica un cambio en la forma de gobierno, pues las comunidades que logren aprobar sus estatutos autonómicos pasarán a administrarse y elegir a sus autoridades a través de sus prácticas culturales, usos y costumbres.
Hay dos formas de llegar a la conversión autonómica
Pobladores del municipio indígena de Raqaypampa durante una reunión en su comunidad FOTO: Tomada de Los Tiempos.
En el país existen dos caminos para adoptar la condición de Autonomía Indígena Originaria Campesina. La primera es por conversión municipal, que se da cuando la comunidad se administra bajo las normas municipales y la segunda, es por la vía del Territorio Indígena Originario Campesino (TIOC), que es posible cuando la comunidad está reconocida como tal.
La diferencia en estas formas de conversión autonómica radica únicamente en los requisitos con los que tramitan este paso. Cuando se opta por la vía municipal, por ejemplo, los comunarios deben ir a un referéndum en el que se les consulta si están de acuerdo con la transformación en la administración de su municipio. Cuando se opta por la vía del TIOC no hace falta referéndum, pues al estar reconocidos como territorios indígenas su conversión es ya legítima.
De los 12 municipios que trabajan en su conversión, los de Uru Chipaya, Jesús de Machaca, San Pedro de Totora, Mojocoya, Pampa Aullagas, Tarabuco, Huacaya, Charagua, Charazani, Salinas de Garci, Mendoza y Chayanta lo han hecho por la vía municipal, mientras que Raqaypampa lo ha hecho usando su condición de TIOC.
Tras el referéndum de 2009
Luego de que ganó el Sí a la conversión autonómica en 11 municipios rurales del país, estos pasaron a ser administrado por autoridades transitorias. Es decir que en 2010 y en 2015 fueron a elecciones municipales como el resto de los municipios, pero eligieron autoridades transitorias.
El primer paso para la conversión autonómica, una vez que ha ganado el Sí, es la selección de los órganos o instancias deliberativas, donde se reúnen los representantes de cada comunidad indígena que forma parte del municipio. Son ellos los que, velando por los intereses de sus comunidades, redactan y consensúan los estatutos autonómicos por los cuales se regirán en adelante, tarea que, dice Mendoza, es por demás compleja, pues se debe tomar en cuenta los intereses de cada comunidad. De no llegar a acuerdos, se corre el riesgo de una fragmentación, como sucedió en Jesús de Machaca, Charazani, Tarabuco, Pampa Aullagas, Salinas de Garci Mendoza, Chayanta y Raqaypampa, lo que en algunos casos ha impedido avanzar en sus estatutos.