Un sumario ejecutivo del informe de la Comisión de la Verdad del Parlamento Griego sobre la Deuda.
En junio de 2015 Grecia se encuentra en una encrucijada en que debe elegir entre extender los fallidos programas de ajuste impuestos por los acreedores, o producir un cambio radical para cortar las cadenas de la deuda. A cinco años de comenzados los programas de ajuste económico, el país se encuentra profundamente atascado en una crisis económica, social, democrática y ecológica. La caja negra de la deuda ha permanecido cerrada, y hasta la fecha ninguna autoridad griega o internacional ha tratado de sacar a la luz la verdad sobre cómo y por qué Grecia fue sometida al régimen de la Troika. La deuda, en cuyo nombre nada se ha salvado, sigue siendo la regla por la que se impone el ajuste neoliberal y la causa de la depresión más profunda y duradera que Europa haya experimentado en tiempos de paz.
Hay una necesidad inmediata y una responsabilidad social para hacer frente a una serie de cuestiones jurídicas, sociales y económicas que exigen la debida consideración. En respuesta, el Parlamento helénico formó la Comisión de la Verdad sobre la Deuda Pública en abril de 2015, que obliga a la investigación sobre la generación y el crecimiento de la deuda pública, la forma y razones por la que fue contraída dicha deuda y el impacto que las condiciones asociadas a los préstamos han tenido en la economía y la población. La Comisión de la Verdad tiene el propósito de crear conciencia sobre cuestiones relativas a la deuda griega, tanto a nivel nacional como internacional, y de formular argumentos y opciones relativos a la cancelación de la misma.
La investigación de la Comisión que se presenta en este informe preliminar, arroja luz sobre el hecho de que todo el programa de ajuste al que Grecia ha sido sometida, fue y sigue siendo un programa orientado políticamente. El ejercicio técnico que envuelve las variables macro-económicas y las proyecciones de la deuda, cifras referidas directamente a las vidas y los medios de vida de las personas, ha permitido que las discusiones sobre ésta se mantengan en un nivel técnico que gira principalmente en torno al argumento de que las políticas impuestas a Grecia mejorarán su capacidad para pagarla. Los hechos presentados en este informe cuestionan ese argumento.
Toda la evidencia que presentamos en este informe muestra que Grecia no solo no tiene la capacidad de pagar esta deuda, sino que tampoco debe pagarla, en primer lugar, porque la deuda que surge de los acuerdos de la Troika, es una violación flagrante de los derechos humanos fundamentales de los habitantes de Grecia. Por lo tanto, llegamos a la conclusión de que Grecia no debería pagar esta deuda, porque es ilegal, ilegítima y odiosa.
También resulta evidente para la Comisión que los acreedores internacionales, las autoridades griegas y los medios corporativos sabían desde el principio la insostenibilidad de la deuda pública. Sin embargo, las autoridades griegas, junto con algunos otros gobiernos de la UE, conspiraron contra la reestructuración de la deuda en 2010, con el fin de proteger a las instituciones financieras. Los medios corporativos escondieron la verdad al público, presentando una situación en la que el rescate se instrumentó para beneficiar a Grecia, mientras articulaban un relato que pretendía retratar a la población como responsable de sus propios excesos.
Los fondos de rescate previstos en los programas de 2010 y 2012 se han gestionado externamente a través de esquemas complicados, impidiendo cualquier autonomía fiscal. El uso del dinero del rescate está estrictamente dictado por los acreedores, y por eso, es revelador el hecho de que menos del 10% de estos fondos se haya destinado a gastos corrientes del gobierno.
Este informe preliminar presenta una visión primaria de los principales problemas y cuestiones relacionadas con la deuda pública, y señala violaciones legales claves, asociados con el origen de la deuda. También sondea los fundamentos jurídicos en los que puede basarse la suspensión unilateral de los pagos. Los resultados se presentan en nueve capítulos estructurados de la siguiente manera:
Capítulo 1, La deuda antes de la Troika, analiza el crecimiento de la deuda pública griega desde los años ochenta. Llega a la conclusión de que el aumento de la deuda no se debió al gasto público excesivo, que de hecho se mantuvo más bajo que el gasto público de otros países de la eurozona, sino al pago de tasas de interés extremadamente altas para los deudores, al excesivo e injustificado gasto militar, a la pérdida de ingresos fiscales debido a los flujos ilícitos de capital, a la recapitalización estatal de los bancos privados y a los desequilibrios internacionales producidos por errores de diseño cometidos por la Unión Monetaria.
La adopción del euro ha dado lugar en Grecia a un aumento drástico de la deuda privada a la que fueron expuestos los principales bancos privados europeos y los bancos griegos. Una creciente crisis bancaria ha contribuido a la crisis de la deuda soberana griega. El gobierno de George Papandreou contribuyó a presentar en 2009 los elementos de una crisis bancaria como una crisis de la deuda soberana, enfatizando y aumentando el déficit público y la deuda.
Capítulo 2, Evolución de la deuda pública griega durante 2010-2015, concluye que el primer acuerdo de préstamo de 2010 apuntaba a rescatar a los bancos griegos y a otros bancos privados europeos, permitiéndoles reducir su exposición a los bonos del gobierno griego.
Capítulo 3, La deuda pública griega por acreedor en 2015, presenta la naturaleza contenciosa de la deuda actual de Grecia, delimitando las principales características de los préstamos, analizados más extensamente en el capítulo 8.
Capítulo 4, Mecanismo del sistema de la deuda en Grecia, revela los mecanismos ideados por los acuerdos que se implementaron desde mayo de 2010, que crearon una gran cantidad de nueva deuda con los acreedores bilaterales y el Fondo Europeo de Estabilidad Financiera (FEEF), que generó costos abusivos y, por lo tanto, la profundización de la nueva crisis. Los mecanismos revelan cómo la mayoría de los fondos prestados fueron transferidos directamente a las instituciones financieras. En lugar de beneficiar a Grecia, han acelerado el proceso de privatización a través del uso de instrumentos financieros.
Capítulo 5, Los condicionamientos contra la sostenibilidad, presenta la forma en que los acreedores impusieron condicionamientos intrusos, unidos a los contratos de préstamo, lo que condujo directamente a la inviabilidad económica y a la insostenibilidad de la deuda. Estas condiciones, en las que los acreedores aún insisten, no solo han contribuido a disminuir el PIB, sino a incrementar el endeudamiento público, lo que genera una deuda pública superior al PIB, hace la deuda más insostenible, propicia cambios dramáticos en la sociedad y causa una crisis humanitaria. La deuda pública griega se puede considerar totalmente insostenible en la actualidad.
Capítulo 6, Impacto de los «programas de rescate» en materia de derechos humanos, concluye que las medidas aplicadas en virtud de los «programas de rescate» han afectado directamente las condiciones de vida de la gente y violado los derechos humanos, que Grecia y sus socios están obligados a respetar, proteger y promover en la legislación interna, regional e internacional. Los ajustes drásticos, impuestos a la economía griega y la sociedad en su conjunto, han dado lugar a un rápido deterioro de las condiciones de vida, siendo incompatibles con la justicia social, la cohesión social, la democracia y los derechos humanos.
Capítulo 7, Cuestiones legales en torno al MOU y a los Acuerdos de Préstamo, destaca que ha habido un incumplimiento de las obligaciones con los derechos humanos por parte de la propia Grecia y de los prestamistas, los Estados Miembros de la Zona del Euro, la Comisión Europea, el Banco Central Europeo y el Fondo Monetario Internacional, que impusieron estas medidas en Grecia. Todos estos actores no tuvieron en cuenta las violaciones de los derechos humanos como resultado de las políticas que obligaron a Grecia a seguir, violando directamente la Constitución griega mediante el despojo de la mayor parte de sus derechos soberanos. Los acuerdos contienen cláusulas abusivas, que coaccionan a Grecia a ceder aspectos significativos de su soberanía. Esto se basa en la elección de la Ley inglesa como la legislación rectora de esos acuerdos, que facilitó el desdén por la Constitución griega y por las obligaciones internacionales de compromiso con los derechos humanos. Destaca también que la mala fe de las partes contratantes que actúan en contradicción con los derechos humanos y las obligaciones habituales, más el carácter desmesurado de estos acuerdos, los hacen inválidos.
Capítulo 8, Evaluación de las deudas con respecto a la ilegitimidad, ilegalidad, odiosidad e insostenibilidad, proporciona una evaluación de la deuda pública griega concordante con la definición adoptada por la Comisión como ilegítima, ilegal, odiosa e insostenible.
El Capítulo 8 concluye que la deuda pública griega a partir de junio de 2015 es insostenible, ya que Grecia es actualmente incapaz de pagar su deuda sin perjudicar seriamente su capacidad de sostener su compromiso con los derechos humanos básicos. Además, por cada acreedor, el informe proporciona evidencia de casos indicativos de deudas ilegales, ilegítimas y odiosas.
La deuda con el FMI debe considerarse ilegal ya que desde su constitución incumplió los propios estatutos del FMI, y sus condiciones violaron la Constitución griega, el derecho internacional consuetudinario y otros tratados de los que Grecia participa. También es ilegítima, ya que las condiciones están incluidas en recetas políticas que infringen las obligaciones con los derechos humanos. Por último, es odiosa, ya que el FMI sabía que las medidas impuestas eran antidemocráticas, ineficaces y darían lugar a graves violaciones de los derechos socio-económicos.
Las deudas con el BCE deben considerarse ilegales ya que el BCE sobrepasó su mandato mediante la imposición de la aplicación de programas de ajuste macro-económicos (por ejemplo, la desregulación del mercado de trabajo) a través de su participación en la Troika. Las deudas con el BCE también son ilegítimas y odiosas, ya que la principal razón de ser del Programa del Mercado de Valores (SMP) fue servir a los intereses de las instituciones financieras, lo que permite a los principales bancos privados europeos y griegos deshacerse de sus bonos griegos.
El FEEF se dedica a préstamos virtuales que deben considerarse ilegales porque el artículo 122 (2) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) se violó, y aún más, violó varios derechos socio-económicos y libertades civiles. Por otra parte, las bases del Acuerdo de la EFSF 2010 y el Acuerdo Principal de Asistencia Financiera de 2012 contienen varias cláusulas abusivas que revelan la evidente mala conducta de la entidad crediticia. El FEEF también actúa en contra de los principios democráticos, lo que hace a estas deudas en particular, ilegítimas y odiosas.
Los préstamos bilaterales deben ser considerados ilegales, ya que violan el procedimiento previsto por la Constitución griega. Los préstamos evidenciaban claramente una mala conducta de los prestamistas y contenían condiciones que contravienen la ley o el orden público. Tanto la legislación comunitaria y el derecho internacional se incumplieron a fin de eludir los derechos humanos en el diseño de los programas macro-económicos. Los préstamos bilaterales son, además, ilegítimos, ya que no se utilizaron en beneficio de la población, sino que simplemente fueron utilizados para rescatar a los acreedores privados de Grecia. Por último, los préstamos bilaterales son odiosos ya que los estados prestamistas y la Comisión Europea sabían de estas violaciones potenciales, sin embargo en 2010 y 2012 evitaron considerar el impacto en los derechos humanos del ajuste macroeconómico y la consolidación fiscal, que eran las condiciones de los préstamos.
La deuda con acreedores privados debe considerarse ilegal porque los bancos privados se comportaron irresponsablemente antes de que la Troika entrara en vigor, sin observar la debida diligencia, mientras que algunos acreedores privados, como los fondos de cobertura, actuaron también de mala fe. Las deudas con los bancos privados y los fondos de cobertura son ilegítimas por las mismas razones por las que son ilegales; Además, los bancos griegos fueron ilegítimamente recapitalizados por los contribuyentes. Las deudas con bancos privados y fondos de cobertura son odiosas porque los principales acreedores privados eran conscientes de que estas deudas no se contraían en función de los intereses de la población, sino más bien para su propio beneficio.
El informe concluye con algunas consideraciones prácticas.
Varios argumentos legales permiten a un Estado repudiar unilateralmente una deuda ilegal, odiosa e ilegítima. En el caso griego, un acto unilateral puede basarse en los siguientes argumentos: la mala fe de los acreedores que empujaron a Grecia a contravenir la legislación nacional y las obligaciones internacionales relacionadas con los derechos humanos; la preeminencia de los derechos humanos sobre los acuerdos como los firmados por los gobiernos anteriores con los acreedores o la troika; la coacción; las cláusulas abusivas que violan flagrantemente la soberanía griega y que violan la Constitución; y, por último, el reconocimiento en el derecho internacional a un Estado que tome medidas contra actos ilegales por parte de sus acreedores, que a propósito dañen su soberanía fiscal, obligándolo a asumir una deuda odiosa, ilegal e ilegítima, violando la autodeterminación económica y los derechos humanos fundamentales. En lo que se refiere a una deuda insostenible, cada estado tiene el derecho legal de invocar un estado de necesidad en situaciones excepcionales, a fin de salvaguardar intereses esenciales amenazados por un peligro grave e inminente. En tal situación, el Estado puede ser dispensado del cumplimiento de las obligaciones internacionales que aumentan el peligro, como es el caso de los contratos de préstamos pendientes. Por último, los Estados tienen el derecho de declararse unilateralmente insolventes, cuando el cumplimiento de su deuda es insostenible, en cuyo caso no cometen ningún acto ilícito y, por tanto, no tienen responsabilidad alguna.
La dignidad de la gente vale más que la deuda ilegal, ilegítima, odiosa e insostenible
Habiendo concluido una investigación preliminar, la Comisión considera que Grecia ha sido y es víctima de un ataque premeditado y organizado por el Fondo Monetario Internacional, el Banco Central Europeo y la Comisión Europea. Una actitud violenta, ilegal e inmoral dirigida exclusivamente a endosar la deuda privada al sector público.
Al poner este informe preliminar a disposición de las autoridades griegas y del pueblo griego, la Comisión considera que ha cumplido la primera parte de su propósito, como se explicita en la decisión del Presidente del Parlamento Europeo del 4 de abril de 2015. La Comisión confía en que el informe será una herramienta útil para aquellos que quieren salir de la lógica destructiva de la austeridad y defender lo que está en peligro hoy en día: los derechos humanos, la democracia, la dignidad de los pueblos y el futuro de las generaciones venideras.
En respuesta a los que imponen medidas injustas, el pueblo griego podría invocar lo que Tucídides menciona acerca de la constitución del pueblo ateniense: «En cuanto al nombre, se llama democracia a la administración que se ejecuta con miras a los intereses de las mayorías, no de unos pocos » (Oración Fúnebre de Pericles en el discurso de Tucídides en Historia de la Guerra del Peloponeso).
Informe original: transform-network.net
Fuente: http://www.hellenicparliament.gr
Encuentre todo el informe (preliminar) aquí.