Por Félix Martínez para eldiario.es
La entidad colocó a una pareja de ancianos de 77 años con escasa formación 96.000 euros en obligaciones de deuda subordinada que tenían depositados en una libreta a plazo fijo.
Se trata de un producto financiero de alto riesgo, muy sofisticado y aún más difícil de recuperar que las participaciones preferentes
La titular del juzgado de instrucción número 1 de l’Hospitalet de Llobregat, Zita Hernández, ha admitido a trámite una querella por estafa, apropiación indebida y delito societario (pdf) contra Catalunya Caixa y contra el delegado de una de las agencias de la entidad en la ciudad barcelonesa acusados de haber engañado a dos de sus clientes para que utilizaran 96.000 euros que tenían depositados en una cuenta de ahorros a plazo fijo y suscribieran obligaciones de deuda subordinada de Catalunya Caixa por ese importe.
Según informa el texto de la querella, los querellantes, que eran clientes de Catalunya Caixa en la misma cuenta desde hacía 35 años, “tenían depositados la integridad de sus ahorros en una una libreta de ahorros de la Caixa Catalunya a plazo fijo que rentaba un interés mínimo, pero seguro, sin riesgos”.
Los querellantes son una pareja de ancianos de 77 años con escasa formación. El marido fue barrendero durante su vida laboral activa y la esposa, ama de casa, así que difícilmente podían entender la complejidad del producto financiero que les colocaron.
La querella, a la que ha tenido acceso eldiario.es también insiste en que los querellantes “durante toda su vida laboral habían ido depositando sus ahorros en dicha entidad en la confianza de que en una libreta de ahorros de una Caja de Ahorros como esa, el producto de sus esfuerzos estaría a salvo. El director de la agencia bancaria les convence de agrupar los diferentes plazos, para una mayor rentabilidad”.
Sin embargo, y según apunta el mismo texto, “el 11 de octubre de 2006, el anterior director de dicha oficina les convence para que adquieran un producto financiero denominado “Obligaciones de Deuda subordinada Caixa Catalunya”. Según la orden de compra, la “deuda subordinada” es un “producto indicado para inversores que quieren asumir pocos riesgos o con un plazo de inversión muy corto, con rentabilidad esperada cercana a la del mercado monetario”.
Portavoces oficiales de Catalunya Caixa aseguran que por iniciativa propia han impulsado una iniciativa en el Tribunal de Arbitraje de Cataluña para que, en los casos en los que los clientes no hubieran podido ser informados debidamente de los riesgos que conlleva su inversión, puedan recuperarla sólo con probar que no poseían los conocimientos necesarios para contratar el producto.
La entidad afirma que aún no ha recibido la notificación de la admisión de la querella. Aún así asegura que el producto tiene vencimiento en 2015 y afirma que ha estado cobrando una buena rentabilidad que, a día de hoy sigue cobrando intereses, aunque admite que tienen un problema de liquidez. Esperan resolverlo, aseguran, durante el primer trimestre de 2013, aunque sea con una pequeña quita, es decir, que no recuperarán el total de la inversión, pero ese aspecto, según Catalunya Caixa, se verá compensado con los intereses que han venido percibiendo.
Producto “conservador”
En el texto de la querella también consta que es un producto de perfil conservador. En la misma orden se hace constar que “conocen el significado y la trascendencia de la presente orden, en todos sus términos y declarando haber recibido copia de este documento”.
Pero, según apunta el texto de la querella, “nunca le entregaron copia de lo que firmaba, es más tienen anotaciones en su cuenta corriente de no enviar correspondencia”. Igualmente se hace constar que “a efectos de prelación de créditos de la entidad emisora, esta deuda subordinada se sitúa detrás de todos los acreedores comunes”.
A juicio de la representación legal de los denunciantes, que ejerce el abogado Ricardo Gómez de Olarte, “la deuda subordinada está formada por títulos de renta fija cotizados en el Mercado de activos de renta fija privada. Se trata de un producto financiero de muy alto riesgo y difícil funcionamiento”.
“Su funcionamiento dista mucho al de un Depósito a plazo fijo por tratarse de un producto ilíquido. El capital invertido no está protegido por el Fondo de Garantía de Depósitos. Su principal diferencia frente a la deuda de máxima calidad es que, en el caso de una eventual liquidación de la entidad, se situaría en la parte baja de la lista de acreedores”, asegura el texto de acusación.
Como, además, Catalunya Caixa se encuentra intervenida por el FROB y está previsto que salga a subasta, a pesar de que es perfectamente posible que dicha subasta quede desierta, el matrimonio en cuestión lo tiene difícil para recuperar sus ahorros.
Aún así, hasta ahora se han venido resistiendo a presentar medidas legales contra la entidad financiera porque se trata de la caja en la que han tenido sus ahorros toda la vida. Ha sido la insistencia del hijo del matrimonio la que les ha convencido de presentar la querella.
Con esta práctica, Catalunya Caixa habría dado, de probarse los hechos denunciados, una vuelta de tuerca a la práctica de las participaciones preferentes, porque en el caso de este producto, recuperar el dinero es aún mucho más difícil, especialmente tratándose de una entidad intervenida por el FROB.